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Sección: Estado de Veracruz

Contraloría quita trámite en Declaración patrimonial de servidores públicos

- No estarán obligados a entregar físicamente el acuse de recibo y carta de aceptación

- Es acción contra el cambio climático al disminuir uso del papel para proteger recursos naturales

Javier Salas Hernández Xalapa, Ver. 25/03/2023

alcalorpolitico.com


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Para este año los servidores públicos de la administración pública estatal obligados a presentar su Declaración de Situación Patrimonial y de Intereses, ya no tendrán el deber de entregar físicamente (impreso en papel) el Acuse de Recibo y Carta de Aceptación.

Mediante una reforma a los Lineamientos para la Operación de las Declaraciones de Situación Patrimonial y de Intereses, a través de medios electrónicos, así como los criterios para determinar su forma de cumplimiento: “completa” o “simplificada”, la contralora general Mercedes Santoyo Domínguez, derogó esa disposición.

Ahora, en el mes de mayo cuando se entregan las Declaraciones de Situación Patrimonial y de Intereses, la carta de aceptación y acuse de recibo que se emiten vía Internet, como constancias de cumplimiento de esa obligación, deberán quedar resguardadas por el declarante.



En el Acuerdo que emitió señaló que la Contraloría General del Estado, alineada con los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS) indicados en la Agenda 2030, implementa acciones de mitigación y adaptación ante el cambio climático, disminuyendo el uso del papel, para proteger los recursos naturales.

Explicó que los sujetos obligados a presentar la referida Declaración, tienen el deber de entregar físicamente el Acuse de Recibo y Carta de Aceptación ante la Contraloría General, documentos que resultan del procedimiento en referencia.

Pero, tomando en consideración que los sujetos obligados envían su declaración por medio de Internet, la cual firman con su Clave Única de Registro de Población y contraseña, que utilizan para ingresar al sistema Declaraver, resulta necesario eliminar cargas regulatorias en los trámites respectivos, como lo es la recepción de documentación de comprobación administrativa inmediata.



Por ello, la nueva disposición establece que “la carta de aceptación y acuse de recibo los cuales se emiten como constancias de la presentación de la Declaración de Situación Patrimonial y de Intereses, deberán ser resguardados de manera obligatoria por el declarante”.

Además, la carta de aceptación contiene un número de transacción asociado a un código de lectura óptica para autentificación y tipo de declaración presentada; mediante el acuse de recibo se acepta el uso de medios de identificación electrónica de la presentación de las Declaraciones de Situación Patrimonial y de Intereses.