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De 5 a 8 años de cárcel para quienes roben en escuelas

Hay más de 22 mil instituciones que suelen ser saqueadas por delincuentes

Javier Salas Hern?ndez Xalapa, Ver. 11/07/2007

alcalorpolitico.com

Durante la sesión ordinaria del pleno legislativo, los diputados aprobaron una reforma al Código Penal para tipificar como delito grave el robo a las escuelas.

Con ello se impondrán penas de 5 a 8 años de presión y multa de hasta 200 días de salario mínimo, cuando se sustraiga el mobiliario o equipo de una escuela, impidiendo el desempeño de sus funciones y/o se adquieran, oculten o comercien los bienes producto del robo a escuelas.

La comisión dictaminadora recordó que la iniciativa de reforma al artículo 209 Bis al Código Penal, fue presentada por el gobernador Fidel Herrera Beltrán.
Asimismo expone que existen en el territorio veracruzano 22 mil 333 planteles educativos, donde son atendidos los niveles de educación básica, media superior, superior y extraescolar.

Lo cual permite atender un 7.1 por ciento de la matrícula escolar a escala nacional, es por ello que la educación tiene una connotación transcendente en la entidad.

El Estado tiene como tarea dotar a cada centro educativo con las herramientas necesarias que permitan a los educandos familiarizarse y dominar las nuevas tecnologías como parte de su formación, para de esa manera elevar el nivel de vida de los veracruzanos.

Empero, las escuelas en la entidad no escapan de la acción de la delincuencia, pues tal como lo señala el autor de la iniciativa en comento, en muy diversas ocasiones tanto el mobiliario, equipos de cómputo, de sonido, televisores y otros dispositivos de apoyo didáctico, han sido objeto de robo.

Situación que repercute indiscutiblemente a los centros escolares, así como en las demás instancias correspondientes por el enorme daño patrimonial que se ocasiona.

Por lo anterior, pertinente incluir en el ordenamiento legal correspondiente esas acciones que se convierten en figura delictiva, estimando estas comisiones dictaminadoras modificar la propuesta no como un tipo penal sino como agravante en el Título VII Delitos contra el Patrimonio, Capítulo l Robo, artículo 205, adicionando en la fracción II el inciso d), toda vez que al actualizarse el hecho sea sancionable como grave.