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Sección: Estado de Veracruz

Declaran improcedente queja de Regidora por presunta violencia política de género

- Olga Leticia Lu, de Córdoba, exigía medidas cautelares contra medio electrónico

- Comisión del OPLE determinó que en publicación no se advierte discriminación por ser mujer

Javier Salas Hernández Xalapa, Ver. 27/05/2022

alcalorpolitico.com

La Comisión Permanente de Quejas y Denuncias del Organismo Público Local Electoral (OPLE) negó imponer medidas cautelares a favor de Olga Leticia Lu López, regidora séptima suplente del Ayuntamiento de Córdoba, por presuntos actos de violencia política en razón de género cometidos en su contra.

El 17 de mayo, la Edil suplente presentó una denuncia en contra de Eleuterio Espinoza Benítez y/o el medio de comunicación denominado Noticias El Informante de Veracruz por violencia política y psicológica en su contra.

Y solicitó que se retiraran las notas informativas publicadas por el medio de comunicación denunciado.



Durante el análisis respectivo se determinó que en las publicaciones denunciadas no es posible advertir alguna expresión que constituya violencia política en razón de género en contra de Olga Leticia Luz López, en su calidad de Regidora Séptima Suplente del Ayuntamiento de Córdoba.

Únicamente se advierte que se trata de un enlace electrónico en el cual se aloja una nota periodística en la que, si bien se llega a hacer referencia a la denunciante, lo cierto es que sólo se advierte una nota informativa, sin que se observe algún señalamiento que se le atribuya por el hecho de ser mujer, sino más bien como una opinión o una crítica severa por parte de dicho medio de comunicación, sin que, de manera preliminar, a consideración de la Comisión, se advierta alguna discriminación por su género.

La publicación denunciada, en apariencia del buen derecho, constituye una crítica que propicia la discusión de ideas, sin que se advierta que se trate de un ataque a la denunciante por el hecho de ser mujer, realizando un trato diferenciado o desproporcionado en razón de su género, así como manifestación alguna que busque afectar su imagen pública.



Lo anterior es así debido a que es lícito que un medio de comunicación en sus mensajes aluda a temas de interés general que son materia de debate público, pues tal proceder está protegido por el derecho de libertad de expresión.

Por ello, por unanimidad, la Comisión Permanente de Quejas y Denuncias del OPLE declaró improcedente la adopción de las medidas cautelares, toda vez que, no se advierte de manera preliminar y en apariencia del buen derecho, hechos que pudieran constituir violencia política contra las mujeres en razón de género, por lo que se actualiza la causal de improcedencia por cuanto hace al retiro, eliminación o supresión de la publicación alojada en la liga electrónica denunciada.

También declaró improcedente la adopción de las medidas cautelares por cuanto hace a que se ordene la emisión de una disculpa pública dirigida a la denunciante, por parte del medio de comunicación Noticias El Informante de Veracruz, ni imponer medidas de no repetición.