A partir de este jueves en Veracruz entró en vigor la nueva Ley del Sistema Estatal de Seguridad Pública, que implementa el Mando Único como esquema de coordinación policial en el que se centralizan, en una sola institución estatal, tanto las labores operativas, como administrativas de seguridad pública.
La gobernadora Rocío Nahle García promulgó y publicó el Decreto aprobado por el Congreso del Estado mismo que establece que el Mando Único se implementará cuando un municipio no cuente con policía; cuando así lo determine el Consejo Nacional o el Consejo Estatal de Seguridad Pública; o cuando así lo solicite el Ayuntamiento.
Se destaca la facultad de investigación otorgada a las instituciones de seguridad pública, disponiendo que la Policía Estatal y las policías municipales actúen bajo la conducción y mando del Ministerio Público en las tareas de investigación; lo cual implica que los elementos policiales dejarán de ser auxiliares para convertirse en operadores activos capaces de procesar la escena del crimen, recabar entrevistas y generar informes homologados con valor probatorio, multiplicando la capacidad de respuesta del Estado.
La implementación del mando único deberá garantizar, la continuidad del servicio de seguridad pública en el ámbito municipal; la transparencia y rendición de cuentas en la gestión y aplicación de recursos federales y estatales destinados a los municipios; y la formalización de instrumentos que definan funciones operativas, administrativas y financieras, así como mecanismos de supervisión у evaluación.
La Ley señala que, en los casos de fuerza mayor o alteración grave del orden público, la Policía Municipal acatará las órdenes que le transmita la persona Titular del Poder Ejecutivo del Estado.
En materia de inteligencia policial, se institucionaliza el ciclo de inteligencia como un proceso obligatorio y técnico para la toma de decisiones estratégicas, facultando a la Secretaría de Seguridad Pública para realizar análisis de contexto, mapeo delictivo y generación de productos de inteligencia operativa; herramientas que permitirán transitar hacia operativos focalizados en objetivos prioritarios y zonas de alta incidencia, optimizando con ello los recursos humanos y materiales del Estado bajo criterios científicos.
El Sistema Estatal se integra por las siguientes instancias: El Consejo Estatal de Seguridad Pública; la Secretaría Ejecutiva del Sistema y del Consejo Estatal de Seguridad Pública; la Mesa de Paz Estatal; los consejos de seguridad pública de los municipios; las mesas de paz regionales, y la Conferencia Estatal de Seguridad Pública Municipal.
El Poder Judicial de la entidad contribuirá con las instancias que integran el Sistema Estatal en la formulación de estudios, lineamientos e implementación de acciones que permitan alcanzar los fines de la seguridad pública, en términos de lo dispuesto por la Ley General y los acuerdos del Consejo Nacional.
La Ley plantea que la profesionalización de los cuerpos de seguridad deje de ser una aspiración programática para convertirse en una norma de orden público a través del fortalecimiento del Servicio Profesional de Carrera Policial.
También estructura un sistema que regula estrictamente el reclutamiento, selección, formación, evaluación, promoción y retiro, asegurando que los ascensos y estímulos se otorguen con base en la capacidad técnica, el desempeño operativo y la honestidad acreditada, erradicando la discrecionalidad en los mandos y dignificando la vocación policial.
Una vez que está vigente la Ley, el Poder Ejecutivo del Estado, por conducto de la Secretaría de Seguridad Pública, deberá expedir dentro de los 120 días naturales, las disposiciones reglamentarias necesarias para su debida aplicación.