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Sección: Estado de Veracruz

En Veracruz, la “pornovenganza” ahora se castigará hasta con 10 años de cárcel 

Se impondrá prisión y sanciones económicas a quien revele imágenes o videos sexuales de otra persona sin su consentimiento

José Topete Xalapa, Ver. 28/06/2018

alcalorpolitico.com


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Los diputados del Congreso local aprobaron sancionar con cárcel la “pornovenganza”, es decir, castigar a quien revele imágenes o videos sexuales de otra persona sin su consentimiento; así como a quienes amplíen su difusión con fines de lucro. De esta manera y por unanimidad, con 33 votos a favor, se impondrán prisión y sanciones económicas a quien cometa este delito especificándolo en el Código Penal del Estado.

Los legisladores establecieron, adicionando el Artículo 177 Bis, castigar penalmente a quien aprovechándose de la confianza depositada en él “difunda, revele, transmita y reproduzca imágenes o audiovisuales con contenido pornográfico”; estose entenderá como “la exhibición del pene, senos, glúteos, la vagina o bien actos sexuales, sin el consentimiento de la persona que deba otorgarlo”.



En caso de que alguien incurra en este delito se le impondrá prisión de cinco a diez años y multa de 200 a 500 Unidades de Medida y Actualización (UMAS).

“Cuando exista ánimo lucrativo en la revelación del contenido a que se refiere el párrafo anterior, la pena de prisión se aumentará hasta en una mitad adicional”. Además, se decretará el decomiso de los objetos, instrumentos y productos del delito y se ordenará la destrucción de los materiales gráficos.

En el Artículo 177 Ter se establece que también incurre en dicho delito quien reciba u obtenga de una persona imágenes, textos o grabaciones de voz o audiovisuales de contenido pornográfico y las revele o difunda con fines de lucro y sin el consentimiento de la persona que expresamente puede otorgarlo, en perjuicio de su intimidad.



“Se le impondrán de 2 a 10 años de prisión y multa de 100 a 200 Unidades de Medida y Actualización” ytambién se decretará el decomiso de los objetos, instrumentos y productos del delito; ordenándose la destrucción de los materiales gráficos.

Lo anterior reformando el Artículo 177 y adicionando los artículos 177 Bis y 177 Ter al Código Penal del Estado, en el capítulo de Violación de la Intimidad. Las modificaciones derivaron de la iniciativa que presentó la diputada Regina Vázquez Saut, integrante de la bancada del PAN.