Ir a Menú

Ir a Contenido

Sección: Estado de Veracruz

Entra en vigor Ley de Comunicación Social para Veracruz

- Es prácticamente la misma que invalidó la SCJN porque se violentó proceso legislativo

- Tras reponer procedimiento, Congreso la aprobó el 18 de enero de este año

Javier Salas Hernández Xalapa, Ver. 16/03/2021

alcalorpolitico.com

Este martes entró en vigor la Ley de Comunicación Social para el Estado de Veracruz, que establece las normas para que el gasto en la materia cumpla con los criterios de eficiencia, eficacia, economía, transparencia y honradez y que además, ordena la integración de un Padrón Estatal de Medios de Comunicación.

Dicha Ley es prácticamente la misma que entró en vigor el 17 de mayo de 2019 y que el 12 de enero de este año fue invalidada por la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) en virtud de que el propio Congreso del Estado violentó el proceso legislativo para su aprobación.

La Ley aprobada a propuesta del gobernador Cuitláhuac García Jiménez fue impugnada por la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH), a través de la Acción de Inconstitucionalidad 61/2019, al considerar que vulneraba los derechos humanos de consulta previa a comunidades indígenas y personas con discapacidad, ya que su contenido afectaba intereses o derechos de estos sectores.



Sin embargo, los Ministros no entraron al fondo del asunto, ya que determinaron que el Congreso no cumplió con los procesos legislativos para su votación, por lo que ordenó la reposición del procedimiento.

En atención a ello, la diputada morenista, Deysi Juan Antonio, ahora con licencia, presentó nuevamente la iniciativa de Ley “que responde a los parámetros y lineamientos constitucionales fijados por el Máximo Tribunal del País”, misma que fue aprobada el pasado 18 de febrero.

Con la entrada en vigor de la Ley, los entes públicos contarán con un plazo de 90 días naturales para realizar las adecuaciones necesarias a su normatividad.



Y la Coordinación General de Comunicación Social contará con un término de 30 días naturales para emitir los lineamientos y de 90 días naturales para integrar el Padrón Estatal de Medios de Comunicación.

En el artículo 20 se señala que las dependencias y entidades de la administración pública deberán formular su estrategia y programa anual correspondiente y publicarlos en la primera quincena de enero de cada año en términos de la Ley de Transparencia, previa autorización de la unidad administradora.

Sin embargo, ese plazo, por única ocasión, se difiere hasta 30 días naturales posteriores a la integración del Padrón Estatal de Medios de Comunicación.



Mientras que las erogaciones que, en su caso, deban realizar los entes públicos deberán cubrirse con cargo a su presupuesto aprobado para el Ejercicio Fiscal 2021; y el Decreto del Presupuesto de Egresos del Gobierno del Estado a partir del Ejercicio Fiscal del año 2022 preverá para cada ente público una partida especial que se destinará al gasto de comunicación social.

Asimismo, los medios de comunicación que pretendan participar en la contratación de comunicación social deberán inscribirse en el Padrón Estatal, cuya información será pública y accesible a distancia.

El empadronamiento de los medios de comunicación en ningún caso, por ese sólo hecho, implicará la obligación de contratación por parte de los entes públicos; y la Coordinación General de Comunicación Social del Estado se encargará de integrar el padrón estatal de medios de comunicación, para lo que emitirá los lineamientos a los que deberán sujetarse los medios que pretendan inscribirse en éste.