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Sección: Estado de Veracruz

Entran en vigor nuevas penas y multas para castigar acoso y hostigamiento sexual en Veracruz

Infractores serán sancionados con prisión de 2 a 8 años; si es servidor público se destituirá e inhabilitará

Javier Salas Hernández Xalapa, Ver. 04/07/2020

alcalorpolitico.com

A partir de este sábado, los delitos de acoso sexual y hostigamiento sexual serán castigados con una pena de dos a ocho años de prisión, una multa por el valor diario de hasta mil Unidades de Medida y Actualización (86 mil 880 pesos) y si es cometido por un servidor público, será destituido e inhabilitado hasta por cinco años.

Con la reforma a los artículos 190, 190 Bis y 190 Ter del Código Penal de Veracruz, que hoy entra en vigor, ambos delitos serán perseguidos por querella; sin embargo, en caso de que la víctima sea menor de 18 años de edad o no tenga capacidad para comprender el significado del hecho, serán perseguibles de oficio.

De acuerdo a cifras de la Fiscalía General del Estado (FGE), en los últimos 10 años se han reportado mil 530 casos, por el mismo número de denuncias, de las que la mayoría de las víctimas tienen entre 11 y 20 años de edad, que han reclamado conductas de hostigamiento sexual por parte de docentes, intendentes, alumnos y personas ajenas al centro escolar.



Incluso, familiares de algunas víctimas han señalado casos en la Universidad Veracruzana, en escuelas primarias, secundarias, bachilleratos y preparatorias; denuncias que suman 532 casos.

Por otra parte, las mujeres de entre 21 a 30 años de edad han presentado 462 denuncias y mujeres de entre 31 a 40 años, 280 casos, por lo que queda de manifiesto que todavía la cultura de la denuncia sobre estos delitos es endeble, por lo que las cifras oficiales no reflejan la dimensión real de la comisión de estos ilícitos.

Con la reforma vigente al Código Penal se contribuirá a desalentar, inhibir y disminuir la comisión de esas conductas; además, consideran que permitirá, sobre todo, eliminar el silencio social y particular de muchas niñas, adolescentes y mujeres, así como la implementación inmediata de lineamientos y protocolos en la materia.



Por ello, queda establecido en el Código Penal de Veracruz que comete el delito de acoso sexual quien, con fines lascivos, acose reiteradamente a una persona de cualquier sexo y se le impondrán de uno a cuatro años de prisión y multa por el valor diario de hasta 300 Unidades de Medida y Actualización vigente.

Y comete el delito de hostigamiento sexual quien, con fines lascivos, asedie a una persona de cualquier sexo, valiéndose de su posición jerárquica o de poder, derivada de sus relaciones laborales, docentes, domésticas, religiosas, o cualquier otra condición que implique subordinación de la víctima.

Al sujeto activo se le impondrán de 2 a 5 años de prisión y multa por el valor diario de hasta 300 Unidades de Medida y Actualización vigente. Cuando la víctima sea menor de 18 años de edad o no tenga capacidad para comprender el significado del hecho, se impondrá una pena de 2 a 8 años de prisión y multa por el valor diario de hasta mil Unidades de Medida y Actualización.



Y si el sujeto activo fuere servidor público y utilizare los medios y las circunstancias que su encargo le proporcione, será destituido y se le inhabilitará para ocupar otro empleo o comisión públicos, hasta por cinco años.