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Sección: Estado de Veracruz

Johnny Archer y Miriam Castillejos podrían registrarse como independientes

Acata OPLE sentencian del TEV; falta que ambos cumplan con requisitos para entregar candidaturas

Rafael Mel?ndez Ter?n Xalapa, Ver. 08/05/2016

alcalorpolitico.com


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El Consejo General del Organismo Público Local Electoral aprobó el proyecto de acuerdo del OPLE por el que se da cumplimiento a la sentencia emitida por el Tribunal Electoral de Veracruz (TEV) en el juicio para la protección de los derechos político-electorales de los ciudadanos Miriam Castillejos y Johnny Archer.

Con lo cual, a ambos se les garantiza la posibilidad de ser votados, pues cuentan con la figura de aspirantes a candidatos independientes y de cumplir con todos los requisitos podrían solicitar sus registros como candidatos independientes a diputados locales por el Distrito XI en Xalapa (Archer) y por el distrito XXI en Cosoleacaque (Castillejos).

Con la aprobación hecha por unanimidad de votos de los consejeros electorales, los ciudadanos podrían gozar de un margen de tiempo para hacer campaña, que inició oficialmente el pasado 3 de mayo, en caso de cumplir con los requerimientos de elegibilidad.


El consejero electoral, Jorge Hernández y Hernández explicó que para que un candidato independiente tenga esa denominación y que se pueda registrar como tal por este órgano debe entregar requisitos, en este caso en el mes de diciembre tuvieron que cumplir con requisitos como conformar una AC, cuenta bancaria y contar con un representante legal.



Dijo que algunos aspirantes cumplieron con esta cualidad de aspirantes y después salir con ciudadanos y recopilar determinado número de apoyos ciudadano; el suficiente para acreditarse como aspirantes a candidatos independientes pero cumpliendo con el número de cedulas de apoyo ciudadanos.



Ya con la determinación, de cumplir con requisitos de elegibilidad y una vez analizada la documentación, el Consejo general se pudiera pronunciar por si procede o no la candidatura.



En el caso de esta sentencia, en específico, el Consejo determinó que no se cumplían con dos requisitos fundamentales: uno que era el tres por ciento de ciudadanos inscritos en la lista nominal y en un segundo momentocon el dos por ciento de los municipios que

integran las demarcaciones territoriales a las que intentan representar.

Sin embargo, el TEV

dice que se cumplen por lo que tienen la calidad de aspirantes a candidatos independientes a la diputación local.