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Sección: Estado de Veracruz

Jubilado de CFE lleva a tribunales recorte de pensión por nueva reforma sobre jubilaciones

- Señala que el descuento fue aplicado sin previo aviso y sin procedimiento formal

- Argumenta que la empresa aplicó de manera inconstitucional disposiciones internas

- Caso será remitido a juzgados federales de materia administrativa de la Ciudad de México

Ángel Camarillo Xalapa, Ver. 08/05/2026

alcalorpolitico.com


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Un trabajador jubilado de la Comisión Federal de Electricidad promovió un juicio de amparo indirecto contra la reducción aplicada a su pensión jubilatoria, al considerar que el descuento fue ejecutado sin previo aviso, sin procedimiento formal y mediante la aplicación presuntamente inconstitucional de disposiciones internas de la empresa productiva del Estado.

El juicio quedó radicado inicialmente bajo el expediente 538/2026 en el Juzgado Decimoséptimo de Distrito en el Estado de Veracruz, con residencia en Xalapa. Sin embargo, debido a que el asunto implica el análisis del decreto de reforma al artículo 127 de la Constitución Mexicana, relacionado con los límites a jubilaciones y pensiones en entidades públicas, el caso será remitido a juzgados federales especializados en materia administrativa de la Ciudad de México.

Lo anterior, ocurre una semana después de que los jubilados y pensionados recibieran los primeros descuentos a sus remuneraciones, bajo el argumento de ser “pensiones diradas”.



De acuerdo con la síntesis judicial publicada este 7 de mayo, la parte quejosa reclama la “emisión, expedición, aplicación e inconstitucionalidad” de los artículos 32 y 69 del Reglamento de Trabajo del Personal de Confianza de Mandos Medios y Operativos de la CFE.

Según el promovente, diversas áreas administrativas de la CFE ordenaron, validaron y ejecutaron una disminución en el monto de su pensión jubilatoria mediante descuentos, ajustes o retenciones que comenzaron a reflejarse en los pagos subsecuentes.

El jubilado sostiene que nunca le fue notificada formalmente una resolución administrativa que explicara el motivo del descuento, la disposición legal aplicada, el método de cálculo utilizado y la autoridad responsable de emitir la determinación.



En su demanda, el promovente argumenta que la reducción aplicada vulnera principios constitucionales como legalidad, seguridad jurídica, debido proceso y derecho de audiencia.

Además, sostiene que la CFE opera bajo un régimen constitucional especial derivado del artículo 25 de la Constitución Federal, por lo que considera que el nuevo límite previsto en el artículo 127 constitucional no puede aplicarse automáticamente a las pensiones de su personal jubilado de confianza.

Aunque inicialmente el quejoso señaló que no combatía directamente la reforma constitucional, el Juez federal advirtió que varios conceptos de violación sí cuestionan materialmente la aplicación del decreto federal que reformó el artículo 127 constitucional en materia de límites a pensiones y jubilaciones públicas.



Por ello, el órgano jurisdiccional concluyó que el asunto forma parte de los litigios relacionados con dicha reforma constitucional, cuya atención fue concentrada por acuerdo del Poder Judicial Federal en juzgados especializados de la Ciudad de México.

El promovente también busca que se restituyan las cantidades descontadas y que las futuras exhibiciones pensionarias vuelvan a pagarse de manera íntegra.