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Sección: Estado de Veracruz

Juicio contra Tito Delfín no es “linchamiento político”: Flavino Ríos

Se trata de una solicitud del IFE; quienes han politizado al Instituto son los panistas, criticó

Ariadna Lezama Palma Veracruz, Ver. 17/02/2013

alcalorpolitico.com

El presidente de la Comisión de Justicia y Puntos Constitucionales del Congreso de Veracruz, Flavino Ríos Alvarado, reconoció que tanto el Consejo General del Instituto Federal Electoral (IFE), como el Presidente de la Comisión de Gobernación en la Legislatura local, autorizaron el proceso de juicio político en contra del alcalde de Tierra Blanca, Tito Delfín Cano.

Negó que esta medida se trate de un “linchamiento político” en contra del Alcalde panista.

“La ley es muy clara y se trata de una solicitud del IFE que es el máximo órgano electoral del país, quienes lo han politizado son los panistas con sus declaraciones”.

Aclaró que el proceso de juicio político que tendrá que enfrentar Tito Delfín obedece a una instrucción directa del Consejo general del IFE al Congreso local y del diputado local, Óscar Lara Hernández en su cargo de presidente de la Comisión de Gobernación, quien firmó el dictamen para iniciar el procedimiento.

Precisó que en el Congreso local de Veracruz no existe notificación alguna del recurso de apelación que se presume presentó el funcionario municipal ante la resolución del IFE, por lo que el proceso mantiene su curso y será la Comisión instructora la que desahogue las diligencias pertinentes.

Explicó que debido a que Tito Delfín Cano es un servidor público, el IFE determinó que el Congreso del Estado debe ser quien aplique el procedimiento sancionador en su contra por la promoción de obras y acciones de su gobierno en la veda electoral 2012.

“El IFE determinó que el Congreso local en ejercicio de sus atribuciones asuma competencia para determinar la responsabilidad del Tito Delfín Cano, presidente municipal de Tierra Blanca, o bien, dé vista al órgano competente para resolver respecto a la conducta irregular que ha quedado acreditada, al haber trasgredido las prohibiciones previstas en el Código Federal Electoral”.

El expediente está sujeto a la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado y Municipios, donde se señala que los presidentes municipales o de concejos municipales son sujetos de obligaciones y responsabilidades con motivo de su cargo o comisión.