Ir a Menú

Ir a Contenido

Sección: Estado de Veracruz

Legisladora de MORENA retoma iniciativa ya declarada inconstitucional por Suprema Corte

- Jessica Ramírez plantea imponer prisión a quienes pongan en peligro de contagio de una enfermedad grave a otra persona

- SCJN ya se había pronunciado sobre dicha reforma de 2015 en la entidad

José Topete Xalapa, Ver. 13/06/2019

alcalorpolitico.com

En el Congreso de Veracruz se retomó una iniciativa similar a un proyecto que fue declarado inconstitucional por la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN).

Este jueves, la diputada Jessica Ramírez Cisneros, integrante del Grupo Legislativo de MORENA, presentó la iniciativa que reformaría los artículos 157 y 158 del Código Penal del Estado.

Esto para imponer de seis meses a cinco años de prisión y multa de hasta 50 Unidades de Medida y Actualización (UMA) a quien, dolosamente, ponga en peligro de contagio de una enfermedad grave a otra persona, tal es el caso de la sífilis, gonorrea, hepatitis B Y C, herpes, VIH, Tuberculosis, entre otras.



Además, la legisladora planteó que, desde el momento de la denuncia, la Fiscalía General del Estado (FGE) informe a la Secretaría de Salud a efecto de brindarle a la parte pasiva del delito el tratamiento de prevención correspondiente a la enfermedad a la que fue expuesta.

Del mismo modo, la modificación prevé de cinco a ocho años de prisión y multa de hasta 100 UMA´s cuando produzcan al ofendido la pérdida definitiva de cualquier extremidad, órgano, función orgánica o causen una enfermedad grave, incurable o una deformidad incorregible.

La iniciativa fue turnada a la Comisión Permanente de Justicia y Puntos Constitucionales para su estudio y dictamen correspondiente.



Hay que recordar que la Suprema Corte de Justicia de la Nación determinó la invalidez de la modificación al artículo 158 del Código Penal del Estado de Veracruz realizada el 1 de diciembre de 2015, referente al “delito de peligro de contagio” el término “infecciones de transmisión sexual” a fin de que quienes las tuvieran pudieran ser sancionados “por poner en peligro de infectar a otras personas”, lo que fue impugnado ante la Comisión Nacional de Derechos Humanos.