Ir a Menú

Ir a Contenido

Sección: Estado de Veracruz

Los 473 nuevos militantes del PAN del Puerto de Veracruz sí podrán votar este domingo

Magistrados del TEV ordenaron al partido permitir que voten este 14 de febrero

Apolinar Velazco Xalapa, Ver. 13/02/2021

alcalorpolitico.com

Los magistrados del Tribunal Electoral de Veracruz (TEV), ordenaron al Partido Acción Nacional (PAN), permitir votar en el proceso interno de este domingo a los 473 nuevos militantes del Puerto de Veracruz, por lo que sí podrán participar en la elección del candidato a dicha Alcaldía.

Por unanimidad, los togados revocaron la determinación de la Comisión de Justicia del Consejo Nacional del blanquiazul que validó la negativa de la Comisión de Afiliación de registrarlos para poder ejercer su derecho.

“Se reconoce el derecho de las y los actores a poder participar en el proceso interno de selección de candidaturas para integrar las planillas de los Ayuntamientos del Estado de Veracruz a celebrarse el próximo 14 de febrero, por lo que deberán integrarse al listado nominal a utilizarse en la jornada electoral respectiva”, se señala en el fallo del TEV.

Además, resolvieron que dada la cercanía de los comicios, su sentencia será suficiente para que puedan sufragar por el contendiente a la presidencia municipal jarocha, que será disputada por el excandidato a gobernador, Miguel Ángel Yunes Márquez y el actual diputado local, Bingen Rementería Molina.

“Se ordena expedir copia certificada de los puntos resolutivos del presente juicio para que previa identificación mediante su exhibición de la credencial para votar con fotografía, los ciudadanos que se enlistan en la sentencia puedan votar en el proceso de elección interna a celebrarse el 14 de febrero”, se precisa en la resolución jurisdiccional.

Los integrantes del TEV adicionalmente vincularon a la Comisión de Justicia del Consejo Nacional, a la Comisión Nacional de Afiliación y al Registro Nacional de Militantes, así como a la Comisión Organizadora Electoral y a la Comisión Organizadora de Veracruz, a vigilar el cumplimiento de esta sentencia y que por su conducto haga del conocimiento a los centros de votación de lo ordenado.

Al resolver los juicios ciudadanos presentados por Elvira Beltrán Utrera y otros inconformes con la decisión de la instancia intrapartidaria, concluyeron que sí tienen derecho a participar en los comicios de mañana domingo y cuestionaron que la determinación de negarles el registro no se haya fundado y motivado debidamente.

Cabe recordar que los Estatutos del PAN establecen que para poder ejercer su derecho a sufragio, los militantes deben tener un año de afiliación; no obstante, el TEV al realizar un estudio a fondo y partiendo de un criterio mayormente garantista de los derechos político-electorales de esos militantes, les concedió dicha posibilidad.

En la sentencia, los magistrados señalaron que si bien es cierto que la decisión de fijar el 14 de febrero, como la fecha para la llevar la jornada electoral, representa una decisión jurídicamente válida, ésta impactó sobre los derechos de los actores para votar.

“Como lo aducen los accionantes, el Código Electoral en su artículo 59 establece una temporalidad cierta para que se lleve a cabo la finalización de los proceso internos de selección de candidatos de los partidos; por otra parte, la convocatoria emitida para la jornada electiva representa un documento interno, pero de naturaleza accesoria que depende a su vez del criterio que adopte el órgano partidista de la organización de la elección”, puntualizaron.

De allí que insistieron que atendiendo a las circunstancias particulares del caso, la decisión de computar el plazo para colmar el requisito de los 12 meses de antigüedad en la militancia del PAN, a la luz de la fecha establecida en la convocatoria para la finalización del proceso interno, excluyó a quienes pretendían ejercer su derecho a votar desde el momento en que presentaron su registro al partido y que tomaron como base lo establecido en el artículo 59, del Código Electoral.