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?Es un engendro antidemocr?tico?: Pati?o

Magistrados insisten en la desaparición del “mini pleno” del TSJ

Es parte de las reformas a la Constitución Política de Veracruz que solicitan Congreso ya turnó a comisiones esta iniciativa

Javier Salas Hern?ndez Xalapa, Ver. 29/05/2007

alcalorpolitico.com

Mañana el pleno del Congreso local turnará a comisiones una serie de reformas a 18 artículos de la Constitución Política de Veracruz, que contempla la desaparición del “mini pleno” del Tribunal Superior de Justicia que es “un engendro y un monstruo”; la reducción del periodo de la presidencia de tres a dos años, una nueva forma para el nombramiento de magistrados y fija un presupuesto al Poder Judicial no menor al 3.5 por ciento del presupuesto del Gobierno del Estado.

Al informar lo anterior, Julio Patiño Rodríguez, presidente de la Tercera Sala Penal del TSJ, dijo que actualmente la conformación del pleno es “antidemocrática”, representa una “mancha para Veracruz y la democracia” y es un “engendro, monstruo y una aberración”, que se concibió con la reforma integral del año 2000 a la Constitución Política de la entidad.

Entrevistado en las instalaciones del Palacio de Justicia, explicó que la reforma integral del año 2000 establece que el pleno del TSJ debe estar conformado únicamente por los presidentes de las respectivas salas penales y civiles.

En ese sentido son ocho magistrados los integrantes del “mini pleno” y se deja a fuera a los 20 magistrados restantes en la toma de decisiones.

“Con este mini pleno se crean muchísimos problemas, por que la mayoría de los magistrados no participan en ninguna clase de decisiones y solo los que están en el pleno. Es como si en el Congreso (local), dijéramos que el pleno (legislativo) lo van a integrar solo los presidentes de las diferentes comisiones”.

Dijo que esta reforma es necesaria y dijo tener confianza que los diputados le den celeridad para aprobarla lo antes posible.

Además, la iniciativa contempla reformas que mejorarán la impartición de justicia, tal es el caso de la reducción del tiempo de la presidente del TSJ; actualmente es de tres años y se propone que sea de dos y para la reelección del titular se exige una mayoría calificada de dos tercios del total de los magistrados.

También se establece un nuevo proceso para el nombramiento de magistrados; se propone que después de un proceso de selección de los prospectos y aplicación de exámenes general de conocimientos, técnico y psicométrico, sea el pleno del TSJ quien envíe una terna al Congreso local (como actualmente se hace) solo que se establece un plazo improrrogable de 30 días para la elección, previa comparecencia de los propuestos.

Se establece el procedimiento para el caso de no resolverse en este plazo o en el mismo, se rechace la terna propuesta, asegurándose así la designación oportuna de las personas más idóneas para desempeñar el cargo, tomándose en cuenta fundamentalmente la carrera judicial.

Durante los recesos del pleno legislativo, la Diputación Permanente hará el nombramiento con carácter provisional, en tanto aquél se reúne y da la aprobación definitiva.

La reforma al artículo 60 de la Constitución Política local establece: “el Poder Judicial contará con un presupuesto equivalente y nunca menos al 3.5 por ciento del presupuesto general del Estado para el cumplimiento de sus atribuciones y de sus programas; lo distribuirá a través del Consejo de la Judicatura a cada uno de los tribunales debiendo rendir anualmente al Congreso, la cuenta acerca de su ejercicio”.