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Sección: Estado de Veracruz

MAYL emite acuerdo de lineamientos de la Comisión encargada de Zonas Económicas

Ese organismo funcionará con los recursos humanos, materiales y financieros de las dependencias y entidades que la integran

Javier Salas Hern?ndez Xalapa, Ver. 29/09/2017

alcalorpolitico.com

El gobernador Miguel Ángel Yunes Linares emitió el Acuerdo que establece los Lineamientos Operativos de la Comisión Interinstitucional para el Establecimiento y Desarrollo de las Zonas Económicas Especiales en el estado de Veracruz y la elaboración del Reglamento.

La referida Comisión tendrá por objeto fungir como instancia para la toma de decisiones coordinadas, para el efectivo cumplimiento de las acciones correspondientes a cargo de las dependencias, entidades y municipios, para el establecimiento y operación de las Zonas Económicas Especiales, en coordinación con la Autoridad Federal.

Ese organismo funcionará con los recursos humanos, materiales y financieros de las dependencias y entidades que la integran y estará integrada por:



Un presidente: Que será el titular del Poder Ejecutivo del Estado, quien en caso de ausencia será suplido por el servidor público que éste designe; un secretario ejecutivo, que será el Titular de la Secretaría de Desarrollo Económico y Portuario y un Secretario técnico, que será designado a propuesta del Secretario Ejecutivo.

Y por los vocales que serán él los titulares de las Secretaría de Finanzas y Planeación; de Infraestructura y Obras Públicas; del Trabajo, Previsión Social y Productividad; de Seguridad Pública; de Desarrollo Social; de Medio Ambiente; y un representante del Poder Legislativo del Estado, que será, el presidente de la Comisión Permanente respectiva; y presidentes municipales los ayuntamientos en los que se encuentre ubicada la Zona y su Área de Influencia.

Los integrantes de la Comisión tendrán derecho a voz y voto, teniendo el presidente el voto de calidad en caso de empate, el secretario técnico tendrá derecho a voz y no a voto y podrán designar a un suplente, con cargo mínimo de director, quien en los casos de ausencia del titular, participará en las sesiones con los mismos derechos.



El Presidente podrá invitar a participar como invitados especiales a las sesiones, a los representantes de organismos empresariales, del sector social y de instituciones educativas de nivel superior, quienes por sus conocimientos y méritos, puedan emitir opiniones de interés en el seno de dicha Comisión, estos invitados tendrán derecho a voz: y sesionará cuando menos tres veces al año y podrá celebrar las reuniones extraordinarias que considere convenientes para el cumplimiento de la Ley. Sesionará válidamente con la asistencia de por lo menos la mitad más uno del total de sus integrantes.

Las convocatorias a las sesiones se enviarán a través del secretario técnico, previa aprobación del presidente, señalando el día, hora y lugar en que tendrán verificativo las mismas.

Asimismo, se adjuntará a dicha convocatoria el orden del día y la documentación correspondiente de los asuntos a tratar durante la sesión, los cuales deberán ser enviados a sus integrantes con una anticipación no menor a cinco días hábiles para las sesiones ordinarias y de dos días hábiles para las extraordinarias.



El envío de las convocatorias y la documentación a que se refiere el párrafo anterior, se efectuará a consideración del secretario técnico por el medio de comunicación que resulten más eficiente, incluyendo el electrónico.

El cargo de miembro de la Comisión Interinstitucional para el Establecimiento y Desarrollo de las Zonas Económicas Especiales en el Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, es de carácter honorario y tratándose de servidores públicos, sus funciones son inherentes al cargo que desempeñen. Por lo que funcionará con el presupuesto que corresponda a las entidades y dependencias.

La Comisión tendrá carácter permanente y tendrá las atribuciones siguientes: I. Realizar en coordinación con la Autoridad Federal, estudios sobre la factibilidad del establecimiento de Zonas Económicas Especiales.



Coadyuvar con la Autoridad Federal en acciones concretas que deben ejecutar las dependencias, municipios y entidades en conformidad con los programas de desarrollo correspondiente a cada Zona Económica Especial; Formular las recomendaciones que correspondan para el cumplimiento de las acciones a cargo del Estado y los municipios en términos de la Ley; Solicitar cuando se estime necesario, la opinión de académicos, especialistas o representantes de organismos de los sectores privado y social; Solicitar y en su caso proporcionar a las dependencias, municipios y entidades paraestatales la información que sea necesaria para el ejercicio de sus atribuciones; Fomentar y apoyar los mecanismos de coordinación que determine la Autoridad Federal, para agilizar la ejecución de políticas, proyectos y acciones que sean necesarios para el establecimiento y desarrollo de las Zonas Económicas Especiales; Crear grupos de trabajo que se estimen convenientes para realizar tareas específicas relacionadas con sus fines; y Las demás que establezcan las disposiciones jurídicas aplicables.