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Sección: Estado de Veracruz

Millones de datos para consulta, en la Plataforma Nacional de Transparencia

Será perfectible en una primera etapa para que los entes obligados detecten deficiencias o errores

Rafael Mel?ndez Ter?n Xalapa, Ver. 07/05/2017

alcalorpolitico.com

Tras vencerse el plazo para que los sujetos obligados de los ámbitos federal, estatal y municipal incorporaran a sus portales de internet y a la Plataforma Nacional de Transparencia la información señalada, a partir de este 5 de mayo quedará habilitado el módulo denominado “Sistema de Portales de Obligaciones de Transparencia” dentro de la Plataforma Nacional, donde habrá millones de datos que podrán ser consultados.

Ahora los organismos garantes realizarán, en una primera fase, una verificación diagnóstica para detectar áreas de oportunidad de cada sujeto obligado, así como para proponer posibles ajustes y modificaciones a los lineamientos, criterios y/o formatos respectivos que permitan el mejor funcionamiento de dicho sistema.

En una segunda fase, las revisiones a los portales tendrán como propósito dar seguimiento a la atención de las recomendaciones emitidas a los sujetos obligados y al cumplimiento de las obligaciones de transparencia.



El pasado 4 de mayo el Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales acordó las directrices de actuación en el proceso de verificación diagnóstica de obligaciones y de la atención a la denuncia por incumplimiento a las obligaciones de transparencia, a efecto de dar certidumbre a los sujetos obligados sobre los datos a informar y a los usuarios sobre la información que debe estar disponible.

Si bien esta etapa no tendrá para los sujetos obligados efectos vinculantes, la ley señala que cualquier persona podrá denunciar ante los organismos garantes la falta de publicación de obligaciones de transparencia previstas en la Ley General y demás disposiciones aplicables, en sus respectivos ámbitos de competencia, por lo que las denuncias que se presenten durante este periodo y que cumplan con lo establecido en los artículos 91 y 92 de la referida ley, se admitirán y acumularán para formar parte de la verificación diagnóstica.