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Sección: Estado de Veracruz

Multan al PRI con 84 mdp por venta ilegal del padrón electoral en “MercadoLibre”

- Sala Superior del TEPJF confirmó sanción del INE por uso indebido de la información

- Ante negligencia, en 2018 la Base de Datos del INE se comerció por 2 mil pesos en Internet

Apolinar Velazco Xalapa, Ver. 04/02/2021

alcalorpolitico.com

Los magistrados de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), por unanimidad de votos, confirmaron la sanción por 84 millones 388 mil 178 pesos que el Instituto Nacional Electoral (INE), impuso al Partido Revolucionario Institucional (PRI), por el uso indebido de información del Padrón Electoral y la Lista Nominal del Registro Federal de Electores (RFE).

El 26 de noviembre de 2020, el órgano comicial resolvió sancionar al tricolor con la reducción de 10% de su financiamiento público anual, el cual se descontará en seis mensualidades de sus prerrogativas de este año.

La sanción económica deviene de febrero de 2015, cuando el INE entregó al PRI la Lista Nominal de Electores de Revisión (LNER) en el marco del proceso electoral federal 2014-2015.



El 3 de octubre de 2018 la Dirección Ejecutiva del Registro Federal de Electores (DERFE) tuvo conocimiento de que en la plataforma digital “Mercado Libre”, Mario Silva Rodríguez, ofrecía a la venta la “Base de Datos INE 2018” en 2 mil pesos.

Por lo que la Unidad Técnica de lo Contencioso Electoral tuvo conocimiento de esta ilegalidad al constituir posibles violaciones a la norma, comprobándose que el archivo era el que se había entregado al Revolucionario Institucional.

Lo anterior, se explicó en la sesión pública celebrada la tarde de este jueves, se pudo comprobar debido a que la Lista Nominal que se entrega a los partidos contiene elementos distintivos únicos que permiten identificar aquellas que han sido objeto de un uso indebido.



Para “zafarse” de la multa, el partido argumentó que la facultad del INE para adoptar medidas había prescrito, pues pasaron tres años entre la fecha para reintegrar la Lista y la presentación de la denuncia, a lo que la autoridad electoral respondió que eludió a su obligación de salvaguardar y preservar la inviolabilidad de la confidencialidad de la información, en perjuicio de 80 millones 532 mil 942 personas.

Aunque los togados consideraron que no existían elementos para señalar que el PRI hubiera ofertado, almacenado y comercializado la información, reiteraron que la falta de control, descuido y desinterés en su custodia tuvo como consecuencia que se hiciera mal uso de dicho documento que contienen los nombres y demás datos de los votantes mexicanos.

Además de confirmar el acuerdo del INE y la sanción aplicada al PRI, el pleno jurisdiccional conminó al órgano comicial a instrumentar las acciones indispensables para que, una vez concluida la fase de revisión se les requiera a los partidos la información contenida en las bases de datos y sea resguardada con todas las medidas de seguridad.