Ir a Menú

Ir a Contenido

Sección: Estado de Veracruz

Ni Didi ni Uber: Apps de transporte siguen sin poder operar en Veracruz

Tribunal Colegiado negó a Didi Mobility México la prestación de servicios en la entidad

Ángel Camarillo Xalapa, Ver. 28/02/2023

alcalorpolitico.com


Click para ver fotos
Una resolución del Primer Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Séptimo Circuito negó a la aplicación Didi Mobility México, Sociedad Anónima de Capital Variable, la prestación del servicio de transporte de pasajeros en Veracruz.

Y si bien el Tribunal afecta directamente a la app Didi, los alcances del resolutivo involucra a la operación de las demás ‘apps’ móviles de viaje: Uber, Cabify e Indriver.

Con fecha 28 de febrero de 2023, el Primer Tribunal en Materia Administrativa de Boca del Río ratificó la sentencia número 339/2022 del Juzgado Segundo de Distrito de Xalapa, y mediante la cual, el juez Alejandro Quijano Álvarez sobreseyó el reclamo de Didi Mobility ante una falta de regulación de las plataforma de transporte.



Es decir, en su amparo inicial Didi Mobility denunció una “omisión legislativa” por parte del Congreso del Estado para regular el servicio de transporte privado mediante plataformas tecnológicas dentro de la Ley Número 589 de Tránsito y Transporte para el estado de Veracruz.

La app de transporte defendió su petición al citar la opinión OPN-008-2015 de la Comisión Federal de Competencia Económica (COFECE), en la que recomienda a los gobiernos en las entidades federativas a regular a las empresas de redes de transporte (ERT).

Sin embargo, el Juez 2º Quijano Álvarez, determinó que la postura de la COFECE se limitó a una simple “orientación” y por lo mismo, esta carecía de efectos vinculantes, es decir: no contaba con carácter obligatorio de obediencia a las autoridades dirigidas.



El juez también advirtió que no existía una omisión legislativa como tal por parte del Congreso, toda vez que no había un mandato constitucional u ordenamiento secundario que establezca de manera precisa que se tenga que legislar en materia de las “apps”.

En el mismo sentido, el Tribunal Colegiado en Materia Administrativa dejó intacta la resolución del juez Quijano Álvarez sobre dejar insubsistente el oficio SSP/DGTE/SPEA/0133/2022, de fecha 8 de marzo de 2022 de la Dirección General de Transporte del Estado (DGTE).

Y en su lugar, el Juzgado instruyó a lla DGTE a dar una nueva respuesta debidamente fundada y motivada y congruente con lo solicitado por Didi, acerca prestar servicios en línea para la contratación de transporte privado de automóviles para Veracruz.



Actualmente, Transporte Público todavía no acata dicha resolución dado que promovió recurso de revisión ante el Primer Tribunal Colegiado contra el citado punto y este continúa en análisis.