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Conclusi?n del ombudsman

No se apegó al Estatuto el otorgamiento del “premio al Decano 2007”, de la UV

- Recomienda Gidi Villarreal a Ricardo Corzo transparentar el proceso al elegir ganadores - Los nombres de los propuestos deben darse a conocer a la comunidad universitaria - Se privilegia la labor intramuros y los puestos administrativos en detrimento de la antigüedad y méritos académicos, expuso Juan José Barrientos en su queja

Lupita L?pez Xalapa, Ver. 21/08/2007

alcalorpolitico.com

Una mayor transparencia en el procedimiento que se sigue para otorgar el Premio al Decano y apego al Estatuto del Personal Académico para elegir al ganador, recomienda Emilio Gidi Villarreal, Defensor de los Derechos Universitarios de la Universidad Veracruzana, al Secretario Académico de esa casa de estudios, Ricardo Corzo Ramírez.

Gidi Villarreal considera que hasta el momento, el procedimiento que se sigue para el otorgamiento del citado reconocimiento, tiene sus bases en el Contrato del Fideicomiso Irrevocable de Administración y no en el Estatuto del Personal Académico, por lo que la Defensoría que representa considera pertinente precisar las bases normativas que sustentan el Premio al Decano.

Lo anterior es parte de la resolución del expediente DDU 14/2007 formado con motivo de la inconformidad presentada ante dicho órgano por el doctor Juan José Barrientos Contreras, investigador de Tiempo Completo de la Universidad Veracruzana, adscrito a la Dirección General de Investigaciones de esta Casa de Estudios, con relación a la forma en que se otorga dicho reconocimiento y por lo cual se inició una investigación de oficio.

Barrientos expresa su profunda decepción e inconformidad por el hecho de que no se le otorgara el Premio al Decano en este año del 2007; que cree que lo descartaron por algún tecnicismo; asimismo solicita que se revise la Convocatoria respectiva y se establezcan algunas reglas “… pues no deberían concursar por esta beca quienes no tengan por lo menos 25 ó 27 años de trabajar para la Universidad, por tratarse de una recompensa que se entrega al final de la carrera de un académico…tengo la impresión que se privilegia la labor intramuros y en especial los puestos administrativos en detrimento de los méritos que se obtienen fuera de la Universidad como títulos, premios, becas y nombramientos del SNI, publicaciones, etcétera que no dependan de factores políticos…de acuerdo con la exigencia de transparencia que se da en todos los ámbitos del país, espero que se publiquen los currícula de los beneficiados…se deberían publicar los nombres de los integrantes del comité que hizo la selección…”.

Como consecuencia del escrito del investigador, la Defensoría emitió un Acuerdo el 22 de mayo del presente año que establece que el doctor Juan José Barrientos se dirige al doctor Raúl Arias Lovillo Rector de esta Universidad, marcando copia tanto al Secretario Académico Ricardo Corzo Ramírez como a esta Defensoría de los Derechos Universitarios, en el que expone cuestiones que a su parecer revelan inequidades e irregularidades en el desarrollo del proceso que efectuó la Universidad Veracruzana para la entrega del denominado “Premio al Decano”, correspondiente al presente año del 2007.

Narra Barrientos que hace dos años lo propusieron las áreas de Investigaciones y Humanidades, a las que ha estado adscrito, pero el año pasado el Secretario Académico le dijo que no podía proponerlo si no lo había hecho antes un Consejo Técnico el cual en la Dirección de Investigaciones no existe y debido a eso no había podido concursar por el premio.

“Por lo tanto –señala Gidi Villarreal- esta Defensoría de los Derechos Universitarios considera que resulta jurídicamente conveniente y a favor de todos los académicos de nuestra Universidad que en el futuro consideren tener derecho a acceder a éste Premio al Decano, que esta Defensoría inicie un procedimiento para revisar la normatividad y la operatividad del premio que nos ocupa” y acuerda iniciar de oficio una investigación al respecto.

Por ello, solicita al Secretario Académico de la Universidad que rinda a esta Defensoría, un informe pormenorizado en el que indique los fundamentos normativos en los que se apoyó para emitir la convocatoria al Premio al Decano de fecha 26 de marzo del presente año y publicada en el periódico “Universo” en su edición 261 de la misma fecha, ya que algunas de sus bases resultan ser no coincidentes con las disposiciones contenidas en el Estatuto del Personal Académico que son los que sustantivamente rigen el multicitado Premio al Decano.

La respuesta de Corzo Ramírez fue que la convocatoria del Premio al Decano fue emitida con apego a las disposiciones contenidas en el Estatuto del Personal Académico, pero en realidad se ajustó al Fideicomiso.

Para la Defensoría es el Estatuto del Personal Académico el que debe regir el otorgamiento del Premio al Decano y no el Fideicomiso, que es únicamente un acuerdo de voluntades.

Menciona que por lo que se refiere a la convocatoria emitida para otorgar el premio al Decano en el presente año, la Universidad se ajustó más al Contrato de Fideicomiso que al Estatuto del Personal Académico, lo que resulta violatorio y coloca en estado de indefensión a los aspirantes al Premio.

Tampoco se apega la convocatoria a los preceptos del Estatuto y sí a las bases del fideicomiso, al señalar los méritos del personal académico que deberán ser valorados para hacerse acreedor al Premio convocado, pues mientras el Estatuto en su artículo 142 señala la antigüedad; que se distinga por su vigencia; sus méritos reconocidos de liderazgo académico y desarrollo profesional, su destacada participación en las actividades universitarias, la convocatoria transcribe la base 3 del Contrato de fideicomiso.

“Es perfectamente posible que las autoridades universitarias estimen mejor estructurado el procedimiento que se establece en el Contrato de Fideicomiso al que hemos hecho referencia; sin embargo ello no constituye razón suficiente para dejar de aplicar las normas del Estatuto, y en todo caso los debía conducir a promover su reforma a fin de adecuarle a las condiciones que estimen más adecuadas.

“Por otra parte, esta Defensoría estima pertinente que se provea al procedimiento cuyo estudio nos ocupa, de mayor transparencia; en efecto, si se revisa el acta de 9 de mayo de la reunión celebrada por los Directores de Área, de Investigaciones y de Difusión Cultural con el Secretario Académico, sin mediar razón alguna que lo explique, el único nombre que se menciona de las 35 propuestas recibidas es el de Juan José Barrientos, cuando en aras del conocimiento que debe tener la comunidad universitaria debieron ser mencionados todos ellos, dándoles además la debida publicidad”.

Por todo lo anterior, la Defensoría de los Derechos Universitarios de la Universidad Veracruzana emitió las siguientes recomendaciones:

Primera.- El Secretario Académico de la Universidad Veracruzana deberá en lo sucesivo ajustar la convocatoria del Premio al Decano a lo dispuesto por el Capítulo II del Título Quinto del Estatuto del Personal Académico.

SEGUNDA.- Habida cuenta que en dicho Capítulo no se alude a los órganos equivalentes a los Consejos Técnicos, deberá promover ante las autoridades que sean competentes para tal efecto, la reforma necesaria para que queden incorporados expresamente.

TERCERA.- Para el caso de que considere que las bases del Fideicomiso abordan de mejor manera el tratamiento del premio en cuestión, se instrumente lo necesario para que sea reformado el Estatuto del Personal Académico.

Dichas recomendaciones tienen fecha de 9 de julio de 2007.