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Sección: Estado de Veracruz

Suprema Corte definirá si Fiscal de Veracruz tiene permitido bloquear a usuarios en redes

- Tras amparo concedido a periodista bloqueado por Jorge Winckler, el caso fue atraído por la SCJN

- El Fiscal argumenta que es “un exceso” ser obligado a aceptar en sus cuentas privadas a un comunicador

José Topete Xalapa, Ver. 17/08/2018

alcalorpolitico.com

Luego de que el fiscal general de Veracruz, Jorge Winckler Ortiz, bloqueara en Twitter a un reportero veracruzano, este asunto llegó a los ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN); después de que la Segunda Sala del máximo tribunal del país ejerció la facultad de atracción en el recurso de amparo en revisión presentado por el titular del organismo.

Cabe señalar que Winckler Ortiz tramitó el recurso de revisión contra la sentencia emitida por el Juzgado Décimo Octavo de Distrito, que le ordenó desbloquear al periodista Miguel León Carmona en su cuenta de Twitter.

El comunicador tramitó el juicio de amparo indirecto 1249/2017, en el que se determinó que el Fiscal debía desbloquearlo para que pudiera tener acceso a la información que publica.



En su recurso, el Fiscal General argumentó que la privacidad de sus redes sociales personales no le obliga a hacerlas públicas pese al cargo que ostenta; explicando que existen diversas cuentas oficiales donde se detallan las actividades de la institución de procuración de justicia.

Winckler Ortiz calificó como “un exceso” ser obligado a aceptar en sus cuentas privadas a un comunicador, de ahí que busca sentar un precedente en relación con el manejo de redes sociales por parte de funcionarios públicos, planteando que las cuentas oficiales son las que están para dar información a las personas y no las cuentas personales.

Hay que recordar que León Carmona es asesorado por la organización Artículo 19, que sostiene que el bloqueo por parte del funcionario público constituye un acto de autoridad que atenta contra los derechos humanos a la libertad de expresión y acceso a la información.



En junio pasado, tras la sentencia del Juez Decimoctavo de Distrito, Artículo 19 publicó en un comunicado que acceder a información de interés público en posesión del titular del organismo autónomo encargado de garantizar el acceso a la justicia, “es trascendental”.

La organización también consideró como preocupante que las autoridades busquen cerrar los canales de intercambio de ideas y sean poco tolerantes ante la crítica en su calidad de funcionarios públicos, al grado que se deba acudir a las vías judiciales para la defensa de la libertad de expresión de las y los periodistas.