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Sección: Estado de Veracruz

De casi 394 millones de pesos, la deuda que carga CMAS Xalapa

Es el único organismo del agua en la entidad endeudado a largo plazo por crédito simple

Javier Salas Hernández Xalapa, Ver. 27/09/2021

alcalorpolitico.com


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La Comisión Municipal de Agua y Saneamiento (CMAS) de Xalapa mantiene una deuda pública de 393 millones 938 mil 145.32 pesos, que la coloca entre las 10 entidades municipales del Estado de Veracruz más endeudadas.

Además, de las 15 entidades paramunicipales operadoras del servicio de agua potable, la CMAS Xalapa es la única que se encuentra endeudada a largo plazo por un crédito simple.

Durante la revisión al Ejercicio Fiscal 2019 que llevó a cabo el Órgano de Fiscalización Superior (ORFIS) y con base en las pruebas y muestras selectivas de la auditoría integral, se identificaron incumplimientos a las disposiciones de carácter federal, estatal y municipal.



Al cierre del ejercicio muestra saldos generados en el ejercicio 2019, por concepto de pasivos a corto y/o a largo plazo, los cuales fueron formalmente notificados en el Pliego de observaciones.

Sin embargo, no presentaron los argumentos e información suficiente que demostrara su liquidación; por lo que, el Titular del Órgano de Control Interno, dentro de sus atribuciones, deberá instruir a quien corresponda, además de dar el seguimiento oportuno, para que se efectúen los pagos correspondientes y en lo sucesivo, se programen y presupuesten de manera oportuna las operaciones del gasto.

Asimismo, la información financiera generada por el Ente Fiscalizable al cierre del ejercicio, muestra saldos por pasivos a corto y a largo plazo, generados en ejercicios anteriores y que fueron notificados oportunamente en el Pliego de Observaciones e Informe Individual del ejercicio en el que se generaron, sin que se presentara constancia de acciones durante 2019, para su liquidación.



Por ello, el Titular del Órgano Interno de Control deberá instruir a quien corresponda a fin de que se analicen todas las cuentas que integran los saldos y se determine la procedencia de su pago o depuración.

Así también, se recomendó a la CMAS que los ingresos excedentes derivados de ingresos de libre disposición deberán ser destinados cuando se clasifique en un nivel de endeudamiento elevado, de acuerdo con el Sistema de Alertas, cuando menos el 50%; cuando se clasifique en un nivel de endeudamiento en observación, cuando menos el 30% y sin limitación alguna cuando se clasifique en un nivel de endeudamiento sostenible, a los siguientes conceptos:

Para la amortización anticipada de la Deuda Pública, el pago de adeudos de ejercicios fiscales anteriores, pasivos circulantes y otras obligaciones; en cuyos contratos se haya pactado el pago anticipado sin incurrir en penalidades.



Al pago de sentencias definitivas emitidas por la autoridad competente; a la aportación a fondos para desastres naturales y de pensiones; y en su caso, el remanente para inversión pública productiva, a través de un fondo que se constituya para tal efecto, con el fin de que los recursos correspondientes se ejerzan a más tardar en el ejercicio inmediato siguiente y la creación de un fondo cuyo objetivo sea compensar la caída de ingresos de libre disposición de ejercicios subsecuentes.