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Sección: Estado de Veracruz

OPLE regula lo que publicará en cuentas institucionales de redes sociales

- Lineamientos establecen que habrá una política de máxima tolerancia; no bloqueará a usuarios

- No limita la libertad de expresión ni lo que publiquen los funcionarios en sus cuentas personales

Javier Salas Hernández Xalapa, Ver. 23/10/2019

alcalorpolitico.com

Con la finalidad de regular el contenido que publican las áreas del Organismo Público Local Electoral en las cuentas institucionales de redes sociales, se aprobaron los Lineamientos Técnicos para el uso eficiente de las redes sociales del OPLE.

Los Lineamientos en ningún caso limitarán el ejercicio de la libertad de expresión ni lo que publiquen los servidores públicos del Organismo en sus cuentas personales.

En las cuentas instituciones de redes sociales, sólo se podrán publicar mensajes y contenidos que hagan referencia a las actividades del Organismo y queda estrictamente prohibida la publicación de comentarios a título personal que puedan dañar la imagen pública del OPLE o que contradigan sus principios rectores, así como cualquier tipo de datos personales o información considerada como temporalmente reservada en la Ley.



También se prohíbe la publicación de información errónea, confusa, contradictoria o de fuentes no identificadas, ya que toda la información publicada por los organismos públicos en las redes sociales es considerada como oficial por los usuarios y usuarias de redes sociales.

Se evitará la publicación de información relacionada con la deliberación interna de las y los funcionarios del Organismo hasta que haya concluido en decisiones institucionales con carácter oficial.

Además, se dará prioridad a la interacción con las y los usuarios y las respuestas deberán apegarse a los criterios de estos lineamientos.



Y ante la presencia de comentarios ofensivos, insultantes o denigrantes, no se procederá a bloquear las cuentas de las personas usuarias ni a expulsarlas de las cuentas institucionales.

En esos casos, el OPLE se guiará por una política de máxima libertad de expresión y tolerancia, en donde se reconoce que las expresiones disidentes forman parte de la opinión pública y el debate político.

Por lo que queda prohibido responder a los comentarios con insultos, descalificaciones, o faltas de cortesía y de respeto; de igual manera queda prohibido la publicación de información errónea, confusa, contradictoria o de fuentes no identificadas, ya que toda la información publicada por los organismos públicos en las redes sociales es considerada como oficial por las usuarias y usuarios de redes sociales.



Se evitará la publicación de información relacionada con la deliberación interna de las y los funcionarios del Organismo hasta que haya concluido en decisiones institucionales con carácter oficial.

Los Lineamientos tienen la finalidad de unificar los criterios para la difusión y consolidación de la imagen institucional del OPLE, haciendo uso de una comunicación visual adecuada y una correcta gestión de comunicación externa y así, propiciar un espacio de intercambio de propuestas e ideas que incida en la toma de decisiones públicas y conllevan al diálogo directo con la ciudadanía.

Se trata de un instrumento que integre y regule el contenido que publican las áreas responsables, así como las y los servidores públicos del Organismo, con el fin de administrar de manera eficiente y adecuada las cuentas institucionales de redes sociales, de una manera incluyente, eficaz y ágil.



Para ello, habrá de crearse un Comité de Gestión y Publicación Electrónica, que tendrá las siguientes responsabilidades:

Conocer, evaluar y aprobar las solicitudes de creación y cierre de las cuentas de redes sociales que serán utilizadas para la difusión de las actividades institucionales; instruir a la Unidad Técnica de Comunicación (UTCS) la creación de las cuentas de redes sociales y la conformación del directorio de redes sociales de las cuentas oficiales e institucionales del Organismo, así como la conformación del directorio de redes sociales de los Organismos Desconcentrados (ODES).

También tendrá las responsabilidades de aprobar las campañas de contenido multimedia para la publicación en las cuentas oficiales e institucionales del Organismo, previo conocimiento de las y los consejeros electorales, observando en todo momento los principios de objetividad, imparcialidad y neutralidad.



Y la de instruir a la UTCS la desactivación de las cuentas institucionales de los ODES, cuando se vulnere alguno o algunos de los principios rectores de la materia electoral o que no observe los principios de objetividad, imparcialidad y neutralidad.

También se establece que la Unidad Técnica de Comunicación Social deberá emitir la "Estrategia Integral de Comunicación Social en los Órganos desconcentrados" al menos 15 días previos al inicio del Proceso Electoral Local.

Y deberá realizar las gestiones necesarias para identificar y eliminar las cuentas en redes sociales de los Órganos Desconcentrados que hayan sido activadas con motivo de los procesos electorales anteriores a la publicación de los presentes lineamientos y del resultado de estas acciones deberá informar al Comité de Gestión y Publicación Web.