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Sección: Estado de Veracruz

Ordenan a Laguna Verde revelar a ciudadana información sobre accidentes

- Como parte de pleito legal contra operación de la planta, Juez falló a favor de demandante

- No obstante, le prohíben a la quejosa difundir dicha información clasificada

Ángel Camarillo Xalapa, Ver. 14/06/2022

alcalorpolitico.com


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Un juez de distrito de Xalapa ordenó a la Comisión Federal de Electricidad (CFE) desclasificar información relativa a los accidentes registrados al interior de Central Nucleoeléctrica de Laguna Verde (CNLV), en el municipio de Alto Lucero de Gutiérrez Barrios.

La sentencia del Juez Primero de Distrito en el estado de Veracruz aplica por igual al Director de la Comisión Nacional de Seguridad Nuclear y Salvaguardas (CNSNS), a la Secretaria de Energía y al Director de la CFE, a raíz de una demanda formulada por una ciudadana en 2020.

Con fecha 26 de agosto de 2020, la quejosa impugnó ante el Juzgado 1º de Distrito la renovación de la licencia de operación de la Unidad 1 de la Central Nuclear de Laguna Verde por un periodo adicional de 30 años, es decir, al 24 de julio del año 2050.



Por medio del juicio de amparo 398/2020, la ciudadana denunció una violación al derecho a la salud física y mental, al derecho a un medio ambiente sano para su desarrollo y bienestar, además de la falta de condiciones técnicas y de seguridad para garantizar la prórroga de la licencia de la Unidad 1 de Laguna Verde.

En la etapa del juicio, la demandante solicitó del Director de la Comisión Nacional de Seguridad Nuclear y Salvaguardas, de la Secretaria de Energía y del Director de la Comisión Federal de Electricidad documentación relacionada con los incidentes técnicos y de operación dentro de la Unidad Uno de la Central Nuclear Laguna Verde.



Sin embargo, la CNSNS, la SE y CFE negaron proporcionar dicha documentación, bajo el pretexto de tratarse de “información reservada”, es decir no abierta al público por tratarse de un asunto de “seguridad nacional”.

La demandante denunció lo anterior al Juzgado 1º y éste obligó a dar la información exigida de manera desclasificada para el conocimiento de la demandante.

“Se autoriza a la parte quejosa el acceso a la consulta de la información en sigilo remitida por las autoridades responsables. Lo anterior, a fin de que la parte quejosa se imponga del contenido del informe con justificación y estén en aptitud de preparar, ofrecer y desahogar las pruebas que, en su caso, estime convenientes para desvirtuarlo” versa la sentencia del Juzgado 1º.



El Juzgado 1º puso ciertas restricciones a la quejosa, de modo que la información no podrá ser transmitida, copiada, fotografiada, escaneada o reproducida por cualquier medio electrónico, puesto que se trata de información relacionada con cuestiones nucleares que es un tema de seguridad nacional.

Ante el fallo del Juez, el Gerente de Centrales Nucleoeléctricas de la CFE emprendió recursos de revisión y quejas ante el Segundo Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Séptimo Circuito para no acatar el fallo y no publicar la información requerida por el juez.

Ante el Segundo Colegiado, la CFE promovió las quejas 267/2022 y 186/2022 para evitar proporcionar la información requerida por el Juez 1º.



Con fecha 6 de junio, el Colegiado admitió la queja 267 y desechó la 186, razón por la cual, el pasado 13 de junio la Gerencia de Centrales Nucleoeléctricas de la Comisión Federal de Electricidad interpuso recurso de reclamación contra este acto.