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Sección: Estado de Veracruz

Ordenó IVAI a SASM publicar lista de morosos y monto de cartera vencida de 2012 y 2013

- Se le especificó que no se debe publicar algún dato que permita identificar a los deudores

- Emitirán apercibimientos a 40 ayuntamientos para que designen a un titular de las unidades de acceso a la información

Alicia Aguilar Guevara Xalapa, Ver. 02/04/2014

alcalorpolitico.com

El Instituto Veracruzano de Acceso a la Información (IVAI) ordenó al Sistema de Agua y Saneamiento (SAS) Metropolitano de Veracruz, Boca del Río y Medellín, entregar la lista de morosos y deudores del servicio de agua así como informar a cuánto asciende la cartera vencida por el servicio que prestó en 2012 y 2013.

Se ordenó al sujeto obligado que publique un padrón de morosos que contenga el nombre del deudor, el monto adeudado, los periodos no pagados, entre otros aspectos sin que obre otro dato que permita su identificación plena, por ejemplo domicilio, RFC, CURP, uno o varios elementos específicos, característicos de su identidad física, fisiológica, psíquica, económica, cultural o social, o cualquier otro rasgo.

En sesión extraordinaria, al resolver el expediente IVAI-REV/85/2014/III, de la ponencia del consejero Fernando Aguilera de Hombre, los Consejeros refirieron que el artículo primero de la Ley número 21 de Aguas del Estado de Veracruz-Llave, numeral 10, señala que el establecimiento, conservación y desarrollo del Sistema Veracruzano del Agua, se declara de utilidad pública y el pago de un servicio como el suministro de agua potable y saneamiento se paga a través de contribuciones clasificadas como Derechos, es decir, contribuciones por recibir servicios que presta el Estado en sus funciones de derecho público.



Asimismo de acuerdo al artículo 10 del Código Financiero, el pago del servicio de agua potable y saneamiento, es una contribución, necesaria para administrar, suministrar, distribuir, generar, controlar y preservar su cantidad y calidad para lograr el desarrollo sustentable de dicho recurso, evitando con ello, en beneficio del interés colectivo, la baja eficiencia técnica y comercial en la prestación de los servicios; la calidad inadecuada de los servicios de abastecimiento de agua; la calidad deficiente de los servicios de saneamiento, especialmente en lo que respecta al tratamiento de aguas residuales, y la cobertura insuficiente.

“Sin duda, hay personas que tienen fama pública y que pudieran estar en esa lista y que algunas personas las identificarán, pero es una cuestión de que el pundonor se debe construir a base de hechos diarios, constantes. Esa fama pública se construye diariamente y también se puede destruir y eso por culpa de uno mismo, no es una cuestión que podamos achacarle a los demás”, expuso el consejero Aguilera de Hombre.

El Consejo General del IVAI no consideró que se ponga en riesgo la privacidad de la persona, ya que para que esto suceda, la divulgación de datos personales debe permitir identificar plenamente a una persona.



En otro tema el consejero presidente José Luis Bueno Bello, confirmó que emitirán apercibimientos a 40 ayuntamientos para que designen a un titular de las unidades de acceso a la información en un plazo perentorio de 15 días hábiles.









































Si no cumplen, podrían ser acreedores a una sanción económica que recaería en el presidente o presidenta municipal, integrantes de los consejos municipales y si hay reincidencia, incluso a la presentación de denuncias ante la Procuraduría General de Justicia en el Estado por incumplimiento de un deber legal.