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Sección: Estado de Veracruz

Las palabras de la ley

Para educar los derechos de los niños

Salvador Martínez y Martínez Xalapa, Ver. 25/12/2019

alcalorpolitico.com

A riesgo de provocar las más elevadas protestas de muchas personas religiosas, iniciamos el presente comentario recordando la ocurrencia de que, quizás, el 25 de diciembre sería la mejor fecha para celebrar el día del niño. O, tal vez, sería un día ideal para festejar la Convención Internacional de los Derechos del Niño. Las protestas de aquellas personas religiosas a que aludimos probablemente estarían encaminadas a sostener que este día, el día de hoy, es el día del niño-Dios. Pero...

“San Pablo afirma que, al llegar a la plenitud de los tiempos, envió Dios a su Hijo nacido de una mujer, nacido bajo ley... San Pablo al afirmar que Jesús nació bajo la ley se refiere en primer lugar a la ley mosaica; pero no excluye otras leyes congénitas con su condición humana; porque siendo Dios tomó la condición de siervo haciéndose semejante a los hombres” (Darío Gutiérrez Martín, La humanidad de Jesús de Nazaret).

Con Gutiérrez Martín es pertinente aclarar que “San Lucas tras el episodio del templo nos dice que Jesús crecía en sabiduría, edad y gracia ante Dios y ante los hombres”. Y agrega que, en esta frase constata el desarrollo de su condición humana; pero nada dice de las fases de su crecimiento, aunque podemos pensar que fueron normales y semejantes a las de los niños de su tiempo.



En nuestro entorno, los niños de nuestro tiempo nacieron y están naciendo bajo la ley y, en primer lugar, estamos pensando en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Solamente que existe una novedad, el 10 de junio de 2011 se publicó en el Diario Oficial de la Federación la reforma más importante que se ha hecho a la Constitución que nos rige desde 1917.

En el año 2011 se modificó la forma de proteger los Derechos Humanos de todas las personas. Los artículos que la Reforma modificó fueron el 1º, 3º, 11, 15, 18, 29, 33, 89, 97, 102 apartado B y 105. A partir de la Reforma Constitucional de 2011 los tratados internacionales están al mismo nivel que la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos:

“Art. 1o.- En los Estados Unidos Mexicanos todas las personas gozarán de los derechos humanos reconocidos en esta Constitución y en los tratados internacionales de los que el Estado Mexicano sea parte, así como de las garantías para su protección, cuyo ejercicio no podrá restringirse ni suspenderse, salvo en los casos y bajo las condiciones que esta Constitución establece.



Las normas relativas a los derechos humanos se interpretarán de conformidad con esta Constitución y con los tratados internacionales de la materia favoreciendo en todo tiempo a las personas la protección más amplia.”

Aun cuando existen quienes lo expresan de mejor manera: los tratados internacionales en materia de derechos humanos, a partir del 10 de junio de 2011, no sólo son Ley suprema, sino que forman parte de la Constitución Política de México.

La Convención Internacional de los Derechos del Niño, es uno de los múltiples tratados internacionales en materia de derechos humanos que México ha firmado y ratificado. La recomendación que se desprende de tal aseveración, es que conviene conocerlo para hacerlo valer. ¿También los niños? Sobre todo, ellos. Pero, en diversos escritos hemos afirmado que, antes de los 18 años, un menor difícilmente comprendería el artificio de las leyes.



Nuestra opinión se está modificando al percatarnos de que toda cultura es artificial, es de factura humana. La enculturación es el aprendizaje de la cultura, mediante la socialización y la personalización, las cuales siempre reclaman el auxilio de la educación. En México, desde 1996, la Comisión Nacional de Derechos Humanos publicó un documento que lleva este sugestivo título: Para educar los derechos de los niños.

Dicho documento es una guía metodológica para realizar actividades de enseñanza y aprendizaje de los Derechos del Niño, durante una semana escolar. “La idea es que las actividades se desarrollen con una metodología, lúdica y participativa, lo que implica momentos de reflexión, análisis de los derechos del niño y sobre todo la recuperación de la expresión de la visión infantil sobre sus propios derechos.”

El documento es de sumo interés, sólo quisiéramos que las educadoras y los educadores partieran de la realidad social. En nuestro medio muchos niños son abortados, muchos otros mueren antes de los dos años de edad por las condiciones adversas en materia de economía y de salud. Los sobrevivientes crecen -crecimos- acompañados de las dificultades que se derivan de las mencionadas condiciones.



Queremos, sin embargo, terminar el presente comentario con una referencia a la función que incumbe a las abogadas y a los abogados en la realización de los derechos fundamentales y, por tanto, también en la realización de los derechos del niño. La función que han de cumplir las abogadas y los abogados en la realización de los derechos fundamentales emana de su deber profesional de construir el reino del derecho en nuestra sociedad.

Observado esto más a detalle: habida cuenta de que, a todo nivel, muchos de los que deberían ocuparse de velar por los derechos humanos los siguen ignorando, no es posible contentarse con señalar la índole de los mismos en cuanto derechos fundamentales. La protección apropiada de los derechos humanos y de las libertades fundamentales que toda persona puede invocar requiere que todas las personas tengan acceso efectivo a los servicios jurídicos prestados por una abogacía independiente.

Queremos, a modo de conclusión, ver con atención y cuidado el siguiente párrafo de Alejandro Rosillo Martínez:



“…los derechos humanos en una teoría critica tienen su fundamento en la praxis de los pueblos en busca de justicia, de mejores condiciones de vida que les permitan producir y reproducir en su vida. En la situación mundial actual, si realmente queremos tomarnos en serio la justicia, es imprescindible asumir una fundamentación de estos derechos desde la praxis popular y pensarlos desde el-lugar-que-da-verdad…”

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