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Sección: Estado de Veracruz

Paridad de Género, principio definitivo para asignación de regidurías: Magistrado del TEV

- En Los Reyes se cumplió plenamente con un principio constitucional, es una obligación institucional: Javier Hernández

- Hay una última instancia en caso inconformidad al respecto del fallo de la Sala Regional; Sala Superior del TEPJF definiría

Claudia Montero Xalapa, Ver. 16/12/2017

alcalorpolitico.com

La Paridad de Género es un principio definitivo en la asignación de regidurías en Veracruz e indispensable para lograr una sociedad democrática.

Así lo manifestó el magistrado del Tribunal Electoral de Veracruz (TEV), Javier Hernández Hernández, al señalar que este criterio se aplica de manera definitiva en la asignación de regidurías para reconocer y garantizar el acceso de las mujeres a un cargo de elección popular.

El magistrado fue cuestionado sobre la revocación a la resolución del TEV, que dictó la Sala Regional Xalapa del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), sobre la asignación de la regiduría única del Ayuntamiento de Los Reyes.



Al hablar sobre el juicio ciudadano 369/2017 y su acumulado 473 que resolvió el TEV, el 17 de noviembre pasado y cuya sentencia fue revocada este viernes, el magistrado Hernández Hernández, dijo que coincide plenamente con el criterio de la Sala Regional del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, como consta en el voto particular que emitió sobre el asunto.

El magistrado Javier Hernández fue quien argumentó en dicha sesión del TEV, que debía aplicarse el criterio de paridad de género para la asignación de la regiduría única, no obstante y por mayoría, se otorgó al representante de Movimiento Ciudadano (MC).

Cabe recordar que en dicho recurso, la ciudadana Natividad Ajactle Xochicale y el Partido Acción Nacional (PAN) solicitaron la intervención del TEV, pues se registró un empate en el número de votos de la coalición “Veracruz, el cambio sigue”, que conformaron el PAN y PRD, y el Partido Movimiento Ciudadano, para la asignación de la regiduría única.



En ese entonces, también se advirtió que el Consejo General del Organismo Público Local Electoral (OPLE), faltó a su obligación de fundar y motivar debidamente su determinación al no hacer un pronunciamiento sobre la asignación de la regiduría.

“La Sala Regional del TEPJF revocó la sentencia y con la corrección del criterio se salvaguardan los derechos político electorales de las mujeres y se cumple plenamente con un principio constitucional que como instituciones y ciudadanos tenemos la obligación de garantizar”, afirmó el magistrado Javier Hernández Hernández, luego de que la Sala Regional del TEPJF confirmara su postura emitida en el Tribunal.

Es importante mencionar que aún existe una última instancia en caso inconformidad al respecto del fallo de la Sala Regional Xalapa, por lo que se está a la espera de observar si MC impugna el resolutivo y en ese caso sería la Sala Superior del TEPJF, la que definiría el tema.