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Sección: Estado de Veracruz

Por precampañas, diputados y alcaldes no podrán rendir ni difundir informe de labores

OPLE informó que partir del 23 de diciembre ya no podrán efectuar estas actividades

Apolinar Velazco Xalapa, Ver. 26/12/2020

alcalorpolitico.com

Desde el pasado 23 de diciembre, los diputados federales y locales y los alcaldes tienen prohibido rendir sus informes de labores y la difusión de los mismos, estableció el Consejo General Organismo Público Local Electoral (OPLE) de Veracruz.

En el acuerdo se explica que desde ese día los legisladores y munícipe no pueden llevar a cabo dicha rendición de cuentas, toda vez que en esa fecha dieron inicio las precampañas para renovar la Cámara Baja del Congreso de la Unión.

Aun cuando el plazo para que los partidos políticos en Veracruz inicien sus procesos internos de selección de candidatos al Congreso local y a los 212 Ayuntamientos, el próximo 28 de enero, la prohibición atiende a lo resuelto en 2015 por la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF).



“En congruencia con la determinación de la Sala Superior al resolver el Recurso de Revisión del Procedimiento Especial Sancionador SUP-REP-3/2015 y acumulados; no se pueden rendir informes de labores una vez que han iniciado las precampañas electorales”, se señala en el documento mediante el cual desahogó la consulta formulada por el representante del partido estatal Unidad Ciudadana, Yeri Adauta Ordaz.

Por ello, se añade, para determinar la fecha límite para que se puedan rendir informes de labores se debe atender a la fecha en que inician las precampañas en el marco del Proceso Electoral Federal 2020-2021, es decir, el 23 de diciembre pasado.

Cabe recordar que el Consejo General del INE el pasado 11 de septiembre estipuló, entre otras cosas, que en esa fecha darían inicio de las precampañas para la elección de diputaciones federales.



Por tanto la fecha límite para la rendición de los informes de labores de los legisladores federales, locales y alcaldes feneció el 17 de diciembre y su difusión el día 22 de diciembre, esto acorde a lo dispuesto por el artículo 242, párrafo 5 de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales (LGIPE).