El Congreso del Estado aprobó reformas que obligan a los Ayuntamientos a expedir copias certificadas y documentos oficiales solicitados por las administraciones salientes para integrar los expedientes de entrega-recepción, con plazos uniformados y procedimientos precisos para su revisión.
Las Comisiones Permanentes Unidas de Gobernación y Vigilancia dictaminaron las modificaciones tras analizar iniciativas de la diputada Ana Rosa Valdés Salazar y el diputado Rafael Gustavo Fararoni Magaña, turnadas en febrero y julio de 2025.
El dictamen establece que los Ayuntamientos deberán emitir la documentación certificada requerida y responder en un plazo máximo de 15 días hábiles a partir de la notificación. Una vez cumplido ese periodo, los Cabildos dispondrán de diez días hábiles para emitir el acuerdo en vía de opinión que será remitido al Congreso del Estado a través de la Secretaría de Fiscalización, junto con el acta circunstanciada y el expediente correspondiente para la revisión de cuentas públicas.
Las Comisiones precisaron que las reformas armonizan la Ley para la Entrega y Recepción del Poder Ejecutivo y la Administración Pública Municipal con la Ley Orgánica del Municipio Libre, descartando la derogación del Título Noveno de esta última. Señalaron que ambas normas pueden coexistir sin generar contradicciones y que la ley especial debe reconocer a la ley general como referencia obligada para la actuación municipal.
El dictamen concluye que la obligación de expedir copias certificadas fortalece la certeza jurídica del proceso de entrega-recepción, facilita la integración de expedientes y evita obstrucciones administrativas. También afirma que los cambios no generan impacto presupuestal al tratarse de ajustes procedimentales.
Las reformas alcanzan los artículos 19 y 26 de la Ley para la Entrega y Recepción del Poder Ejecutivo y la Administración Pública Municipal y el artículo 190 de la Ley Orgánica del Municipio Libre. Entrarán en vigor al día siguiente de su publicación en la Gaceta Oficial del Estado.