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Sección: Estado de Veracruz

Publican convocatoria incompleta para elección de agentes municipales de Xalapa

- No da fecha de registro de candidatos, periodo de campaña ni cómo será el cómputo

- Será por voto secreto en El Castillo, Chiltoyac, El Tronconal, 6 de Enero y Julio Castro

Apolinar Velazco Xalapa, Ver. 09/03/2022

alcalorpolitico.com

Sin definir las fechas precisas para el registro de candidatos, el periodo de campaña de proselitismo para quienes sean aceptados para contender, la hora en que cerrarán las casillas de votación, ni cuándo se realizará el cómputo de votos, el Ayuntamiento de Xalapa publicó la convocatoria para la elección de agentes municipales, prevista para el próximo 3 de abril.

En las bases se estipula que el procedimiento para elegir a las autoridades auxiliares será el de voto secreto, de acuerdo con las características y antecedentes de cada una de las Congregaciones y Rancherías que integran el municipio, a saber El Castillo, Chiltoyac, El Tronconal, 6 de Enero y Julio Castro.

Para ser candidato a dichos cargos, que se desempeñarán del 1° de mayo de 2022 al 30 de abril de 2026, se deberá tener la ciudadanía veracruzana en pleno ejercicio de sus derechos, originario de la congregación o ranchería que corresponda o con residencia efectiva en su territorio, no menor de tres años anteriores al día de la elección.



Además, se estipula que no podrá ser ministro de algún culto religioso, a menos que se separe conforme a lo establecido en la Constitución Federal y en la Ley de la materia; y no ser servidor público en ejercicio de autoridad, en los últimos 60 días anteriores al día de la elección.

El aspirante tampoco podrá tener antecedentes penales por la comisión de delitos realizados con dolo, exceptuando aquellos en los que se hayan concedido los beneficios de la conmutación o suspensión condicional de la sanción; y no podrá ser representante de algún partido político, ante los órganos del Organismo Público Local Electoral de Veracruz (OPLE).

El documento refiere que la Junta Municipal Electoral determinará el número de casillas a instalarse en cada Congregación, mediante criterios de proporcionalidad de los votantes; y la ubicación e integración de las mesas directivas de casillas con sus respectivos listados nominales, lo cual se publicará en la tabla de avisos del Ayuntamiento y difundirá, a más tardar 5 días antes del día de la elección.



En cuanto al registro de candidatos, se precisa que los interesados deberán solicitarlo por escrito, a partir de la instalación de la Junta Municipal Electoral y hasta cinco días antes de la elección; y este órgano tendrá 24 horas para verificar el cumplimiento de los requisitos y tres días para pronunciarse sobre la procedencia o no de la postulación.

Se añade que los candidatos podrán acreditar un representante propietario y un suplente ante la Junta Municipal Electoral, por escrito y presentando original para cotejo y fotocopia de la credencial de elector de cada uno de ellos.

Mientras que las campañas de proselitismo podrán iniciar a partir de la publicación de procedencia del registro del candidato y la concluirán tres días antes del día de la jornada electoral.



Las votaciones se llevarán a cabo el 3 de abril a partir de las 8:00 horas, teniendo lugar la recepción de la votación en las mesas receptoras del voto, que se integrarán por un Presidente, un Secretario y un Escrutador; y sus respectivos suplentes, así como los representantes de los candidatos que se hayan registrado.

Tras la conclusión del cómputo de votos, la Junta Municipal Electoral enviará el expediente al Ayuntamiento a más tardar dentro de los cinco días siguientes a la conclusión de la elección, para que en sesión de Cabildo haga la declaración de validez de la elección y expida las constancias de mayoría a favor de los candidatos electos.

Los triunfos podrán ser impugnados mediante la interposición del juicio de protección de derechos político-electorales del ciudadano que deberá promoverse, por escrito ante la Junta Municipal Electoral, mismo que resolverá el Tribunal Electoral de Veracruz (TEV).