El Consejo General del Organismo Público Local Electoral (OPLE) consideró improcedente la solicitud de Sergio Antonio Cadena Martínez, presidente de la Dirección Estatal Ejecutiva del Partido de la Revolución Democrática (PRD) para restablecer la ministración de las prerrogativas a la dirigencia estatal y ya no mediante el enlace financiero designado por la dirigencia nacional.
El 23 de este mes de julio, el dirigente partidista entregó a la Oficialía de Partes del OPLE un escrito en el que solicitó se suspendiera la ministración de la prerrogativa ordinaria correspondiente a agosto, evitando con ello un manejo indebido de los recursos y patrimonio del PRD en Veracruz.
También pidió la apertura de una cuenta bancaria en donde se depositarán de manera subsecuente las prerrogativas a partir agosto, la que será reportada a la Unidad Técnica de Fiscalización del Instituto Nacional Electoral (INE) para los efectos legales correspondientes y se pueda realizar la comprobación del gasto, así como los pagos que resulten procedentes.
Y que se vincule a la Tesorería Nacional del PRD para que reintegre las cuentas y claves de acceso para realizar el registro de las operaciones en el Sistema Integral de Fiscalización, y que se designe a un interventor por parte del OPLE para que coordine los trabajos y se pueda garantizar el respeto pleno a los derechos de los trabajadores.
Cadena Martínez sustentó su petición con el argumento de que el enlace financiero designado por la dirigencia nacional del PRD se ha tomado atribuciones que no le competen, como fue cambiar chapas de las puertas del inmueble que alberga a la dirigencia estatal, autorizó aumentos de sueldos a secretarios y suspendió el pago de impuestos y la nómina, que ha llevado a que se presenten denuncias laborales.
Ante ello, el Consejo General del OPLE respondió que el Instituto Nacional Electoral (INE) expidió un acuerdo en que señala que en el proceso de liquidación de los partidos políticos que no alcanzaron el porcentaje mínimo de votación para conservar el registro, no deberá aplicarse descuento alguno a las ministraciones de recursos públicos, debiendo depositarse de forma íntegra a las mismas cuentas aperturadas y registradas por el propio partido.
Los consejeros avalaron que si bien la parte peticionaria manifiesta que la solicitud de suspender la ministración de las prerrogativas tiene como fin evitar un manejo indebido de los recursos y patrimonio del partido, la utilización de los mismos obedece a la vida interna del instituto político, lo cual es acorde con el principio de autoorganización y autodeterminación de los partidos políticos, que implica el derecho de gobernarse internamente en los términos que se ajusten a sus ideologías e intereses políticos, siempre que ello sea acorde a los principios de orden democrático.
El árbitro electoral dijo carecer de competencia para realizar la designación de un interventor; además, que la persona designada como interventora del PRD por el INE es la responsable de supervisar la adecuada utilización de los recursos del partido, y en su oportunidad, será revisado por la Unidad Técnica de Fiscalización del INE.
Tampoco se puede abrir una nueva cuenta bancaria en donde se depositen de manera subsecuente las prerrogativas, toda vez el OPLE debe realizar la ministración de prerrogativa a las cuentas aperturadas y registradas para tal fin, hasta en tanto la persona que ocupa su interventoría no designe una nueva.
Incluso, el OPLE no es la instancia competente para instruir a la Tesorería Nacional del PRD el reintegro de las cuentas y claves del Sistema Integral de Fiscalización, toda vez que lo anterior es un tema interno del partido nacional, el cual es una entidad de interés público con personalidad jurídica y patrimonio propios que goza de facultades para regular su vida interna.