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Sección: Estado de Veracruz

Servidores públicos deberán dar uso correcto a correo electrónico institucional

- Emiten lineamientos sobre su utilización por parte de funcionarios y empleados del Poder Ejecutivo

- Incumplimiento se sancionará según Ley de Responsabilidades Administrativas

Javier Salas Hernández Xalapa, Ver. 03/04/2020

alcalorpolitico.com

Los servidores públicos que integran la administración pública estatal deberán utilizar el correo electrónico institucional de acuerdo con los principios de disciplina, legalidad, objetividad, profesionalismo, honradez, lealtad, imparcialidad, integridad, rendición de cuentas, eficacia y eficiencia que rigen el servicio público.

Para ello, José Luis Lima Franco, secretario de Finanzas y Planeación, emitió los Lineamientos para el Uso del Correo Electrónico Institucional del Poder Ejecutivo, que son de carácter general y de observancia obligatoria para los servidores públicos, cuyo incumplimiento dará lugar a la aplicación de sanciones previstas por la Ley de Responsabilidades Administrativas para el Estado, sin perjuicio de las responsabilidades penales en que pudieran incurrir.

Se determina que el desconocimiento de los Lineamientos no libera al usuario de las responsabilidades establecidas, derivadas de un mal uso que hagan del correo electrónico institucional.



Los Lineamientos señalan, entre otras cosas, que el correo electrónico institucional es exclusivo para actividades oficiales relacionadas con las atribuciones y competencias de las dependencias y entidades y se considera como una herramienta oficial de uso controlado y limitado al trabajo.

En el caso de las cuentas de correo electrónico genéricas, la Dirección General de Innovación Tecnológica de la SEFIPLAN y las Unidades Administrativas, según corresponda, determinarán a los servidores públicos que tengan acceso al correo electrónico institucional.

Con la finalidad de procurar la confidencialidad, integridad y disponibilidad de la información que se transfiere a través del correo electrónico institucional y en general de la infraestructura tecnológica del Poder Ejecutivo del Estado de Veracruz; los mensajes que contengan programas ejecutables, serán bloqueados por la Dirección como Administrador General del Servicio de Correo Electrónico Institucional.



La Dirección podrá inhabilitar las cuentas de usuario del correo electrónico institucional por inactividad (falta de acceso al servicio por un periodo de 40 días naturales consecutivos).

En casos de terminación de la relación laboral, la Dirección conservará por 90 días naturales a partir de la baja laboral del usuario, el contenido en el buzón de su correo electrónico institucional, pasado el plazo se procederá a eliminar de manera íntegra la información contenida en el buzón, lo anterior como medida para liberar espacio dentro del correo, el cual se requiere para futuros usuarios del mismo.