Un juzgado federal con sede en Boca del Río requirió a la Dirección de Protección contra Riesgos Sanitarios de los Servicios de Salud de Veracruz (SESVER) que informe y acredite los resultados de las visitas de verificación sanitaria y toma de muestras de 5 sistemas de abastecimiento de agua, como parte del cumplimiento de una sentencia de amparo promovida por vecinos contra el Grupo Metropolitano de Agua y Saneamiento (Grupo MAS).
En un acuerdo fechado el 11 de diciembre de 2025, el órgano jurisdiccional advirtió que, pese a que la autoridad sanitaria estatal informó desde noviembre sobre la programación de las inspecciones, no había reportado los resultados correspondientes, por lo que le otorgó un plazo para cumplir con el requerimiento.
El requerimiento se refiere a las verificaciones realizadas en los sistemas de abastecimiento 8, Pozo 41; 32, Pozo “La Herradura”; 43, Pozo “Torrentes 2”; 53, Pozo “Hacienda La Parroquia”, y 54, Pozo “Querencia”, cuyas visitas y tomas de muestras fueron programadas entre el 18 de noviembre y el 3 de diciembre de 2025, conforme a lo informado previamente por la propia autoridad sanitaria.
En acuerdos anteriores, el juzgado dio cuenta de oficios y reportes tanto de la Dirección de Protección contra Riesgos Sanitarios como de Grupo MAS y del Instituto Metropolitano del Agua, en los que se informó sobre reuniones de trabajo, planes de evaluación de condiciones sanitarias, cronogramas de inspección y la participación de laboratorios autorizados para el análisis de muestras.
El juicio de amparo fue promovido por habitantes que reclamaron la falta del Certificado de Condición Sanitaria del Agua Potable en los sistemas operados por Grupo MAS. En su resolución, la justicia federal concedió el amparo al considerar acreditada la omisión de contar con el certificado exigido por las normas oficiales mexicanas NOM-230-SSA1-2002 y NOM-179-SSA1-1998.
En la sentencia se estableció que tanto la empresa concesionaria como las autoridades sanitarias estatales son responsables frente al reclamo ciudadano. Los quejosos señalaron en su demanda “la omisión y carencia del Certificado de Condición Sanitaria de Agua (…) lo cual estimamos violatorio de nuestros derechos a la salud y al acceso, disposición y saneamiento de agua para consumo personal y doméstico”.
Cabe señalar que el título de concesión de Grupo MAS establece la obligación de garantizar la prestación continua de los servicios de agua potable, alcantarillado y saneamiento en los municipios de Veracruz y Medellín de Bravo, en cumplimiento de las normas de calidad emitidas por la Secretaría de Salud y la Comisión Nacional del Agua (CONAGUA). El título prevé sanciones económicas en caso de incumplimiento y, de persistir, la posibilidad de revocar la concesión, con la reversión de los servicios a los municipios.