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Sección: Estado de Veracruz

Solicitan ONEA y Colectivo por la Paz juicio político contra el fiscal Jorge Winckler

El recurso se centra en la falta de autonomía con la que el Fiscal General se ha desempeñado y violación de derechos humanos de víctimas

José Topete Xalapa, Ver. 06/11/2018

alcalorpolitico.com


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Acompañados del Colectivo por la Paz Xalapa, la asociación civil Organización Nacional de Empresarios Anticorrupción (ONEA) acudió al Congreso del Estado a solicitar un juicio político en contra del fiscal general del Estado, Jorge Winckler Ortiz.

Al respecto, el director ejecutivo Iván Gidi afirmó que el recurso se centra en la falta de autonomía con la que el fiscal se ha desempeñado, así como las constantes violaciones a los derechos humanos de las víctimas indirectas.

“Hay una violación al trato digno, al respeto por la dignidad humana, la demanda está documentada ampliamente, se tienen más de 60 documentos que se adjuntan a la misma”, comentó luego de entregar la solicitud.

Gidi expuso que se busca la destitución del Fiscal y su inhabilitación como servidor público, debido a las acciones que ha generado en contra de la defensa de los derechos humanos y a la falta de autonomía que ha quedado en evidencia durante su cargo.

“No es normal que el abogado personal del Gobernador sea el Fiscal del Estado, no es normal que sea una Secretaría de la venganza, no es normal que un Fiscal con esa investidura se comporte de semejante manera, sin respeto a los derechos de las víctimas”.

Finalmente, refirió que la Secretaría General cuenta con tres días hábiles para ratificar la denuncia para turnarla a Comisiones y en éstas se debe dictaminar su admisión o ser desechada.

Hay que recordar que según la Constitución las sanciones consistirán en la destitución del servidor público y en su inhabilitación hasta por diez años para desempeñar funciones, empleos, cargos o comisiones de cualquier naturaleza en el servicio público del Estado o de los municipios.

No obstante, para la aplicación de las sanciones antes mencionadas, el Congreso del Estado procederá a la acusación respectiva ante el Pleno del Tribunal Superior de Justicia del Estado, previa declaración de las dos terceras partes del total de los integrantes del Congreso, después de haber substanciado el procedimiento y con audiencia del inculpado.

Posteriormente, el Pleno del Tribunal Superior de Justicia, erigido en Jurado de Sentencia, previo desahogo del proceso respectivo y con audiencia del inculpado, resolverá lo procedente. En caso de resultar culpable, la sanción correspondiente se impondrá mediante resolución aprobada por las dos terceras partes del número total de sus integrantes.

El artículo 77 de la Constitución añade que las declaraciones y resoluciones del Congreso y del Tribunal Superior de Justicia no admitirán recurso alguno.