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Sección: Estado de Veracruz

TEV ordena dar más tiempo a 3 agrupaciones para cumplir requisitos para ser partidos

OPLE les había rechazado petición de ampliar plazo para hacer asambleas y recabar firmas

Javier Salas Hernández Xalapa, Ver. 13/12/2025

alcalorpolitico.com


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Por orden del Tribunal Electoral de Veracruz (TEV), el Organismo Público Local Electoral (OPLE), tendrá que ampliar el plazo a las agrupaciones ciudadanas que buscan constituirse como partidos políticos locales para la celebración de sus asambleas municipales y recabar firmas de apoyo.

Las agrupaciones y organizaciones ciudadanas “Asociación Veracruzana Antipopulismo A.C.”, “Alianza Local por Veracruz A.C.” y a “Cruzada Ciudadana Alterna A.C.”, habían solicitado al OPLE una ampliación del plazo, toda vez con base a la normatividad, para enero del 2026 deben presentar la solicitud formal para constituirse como partidos políticos acreditando asambleas en 20 distritos locales o en 141 municipios; además de entregar 15 mil 823 firmas de ciudadanos mayores de edad que no estén registrados en ningún partido político.

Argumentaron que con los procesos electorales para la elección municipal y la elección extraordinaria del Poder Judicial; la realización de los cómputos de ambas elecciones; el periodo vacacional del personal del OPLE y las lluvias e inundaciones en la zona norte, hicieron imposible llevar a cabo las asambleas municipales, distritales y estatales.



Sin embargo, el OPLE calificó como improcedente la ampliación del plazo para la celebración de asambleas relativas al Proceso de Constitución de Partidos Políticos Locales solicitada por las organizaciones ciudadanas. Por ello, las agrupaciones acudieron al TEV para impugnar el acuerdo.

Los magistrados, al desahogar el expediente TEV-JDC-458/2025 y Acumulados, revocaron el acuerdo del OPLE y le ordenaron emitir uno nuevo con la ampliación del plazo, por al menos 42 días, con el fin que las agrupaciones ciudadanas puedan recabar las firmas necesarias para constituirse en partidos políticos.

Los togados consideraron que el OPLE debió tomar en cuenta que, durante los periodos de campaña, veda electoral, jornada y cómputos municipales, existió una imposibilidad material para que las asociaciones políticas que aspiran a ser partidos políticos locales realizaran sus asambleas, razón por la cual se debió otorgar un plazo para dichas actividades.



Aunado a ello, las organizaciones demostraron que los fenómenos climatológicos registrados a principios de octubre en municipios como Álamo, Castillo de Teayo y otras localidades del norte imposibilitaron la celebración de asambleas distritales.