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Sección: Estado de Veracruz

Salió ya, la convocatoria de MORENA para la selección de sus candidatos

- Se emitió al atardecer de este sábado; todos los registros se harán en línea

- Para las alcaldías se cierra el 7 de febrero; para diputaciones locales el 21 y para sindicaturas y regidurías el 28

- Hasta el 17 de abril se dará a conocer a aspirantes aprobados para luego pasar al método de encuesta

- Se cancelará la precandidatura haga acusaciones públicas contra el Partido, quienes incurran en violencia física o dañen el patrimonio

Claudia Montero Xalapa, Ver. 30/01/2021

alcalorpolitico.com

El Comité Ejecutivo Nacional del partido Movimiento de Regeneración Nacional (MORENA), publicó este sábado la convocatoria para los procesos internos de selección de candidaturas a diputaciones locales de mayoría relativa y representación proporcional, así como para los miembros de los ayuntamientos a renovarse en este proceso electoral 2020-2021 en las diversas entidades.

Haz clic aquí para ver la convocatoria

Dicha convocatoria señala que el registro se realizará en línea a través de la dirección https://registrocandidatos.morena.app, misma que queda abierta desde la publicación de la misma.

El registro en Veracruz se cierra a las 23:59 horas de las siguientes fechas:



Para presidencias municipales- 7 de febrero

Diputaciones locales- 21 de febrero.

Sindicaturas, Regidurias y concejerías- 28 de febrero.



Será la Comisión Nacional de elecciones quien revisará las solicitudes y calificará los perfiles de los aspirantes, de acuerdo a las atribuciones contenidas en los estilos de Morena, y sólo dará a conocer las solicitudes aprobadas que serán las únicas que podrán participar en la siguiente etapa del proceso respectivo.

Será el 17 de abril, cuando la Comisión de Elecciones dé a conocer la relación de registros aprobados y sólo los firmantes de las solicitudes de registro aprobadas por la misma comisión, podrán participar en las siguientes etapas del proceso respectivo.

Se destaca que el registro de los/as aspirantes podrá ser cancelado, o no otorgado, por violación grave a las reglas establecidas en el Estatuto y en la Convocatoria, a juicio de la Comisión Nacional de Elecciones y el Comité Ejecutivo Nacional.



También, se señala que queda estrictamente prohibido que los/as aspirantes realicen acusaciones públicas contra el partido, sus órganos de Dirección u otros aspirantes o protagonistas, o cometan actos de violencia física contra otros miembros o el patrimonio del partido.

“La falta a esta disposición será sancionada con la cancelación del registro de la precandidatura correspondiente”, se puntualiza en la convocatoria.

De igual modo, se deja en claro que que la entrega o envío de documentos no acredita otorgamiento de candidatura alguna ni genera la expectativa de derecho alguno.



Sobre la definición de candidaturas, se especifica que en los cargos a elegirse por el principio de mayoría relativa y elección popular directa, se definirán en los términos siguientes:

Considerando que no se podrá llevar a cabo la Asamblea Electoral, derivado de la pandemia ocasionada por el virus SARS-CoV-2, así como diversos pronunciamientos de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación y la inminencia de los plazos de las etapas del proceso electoral; la Comisión Nacional de Elecciones aprobará, en su caso, un máximo de 4 registros que participarán en las siguientes etapas del proceso. En caso de que se apruebe un solo registro para la candidatura respectiva, se considerará como única y definitiva.

En caso de aprobarse más de un registro y hasta 4 por parte de la Comisión Nacional de Elecciones, los aspirantes se someterán a una encuesta realizada por la Comisión Nacional de Encuestas para determinar el candidato idóneo y mejor posicionado para representar a MORENA en la candidatura correspondiente; “el resultado de dicho estudio de opinión, tendrá un carácter inapelable en términos de lo dispuesto por el artículo 44o, letra S, del Estatuto de MORENA”.



En este sentido, se menciona que la metodología y resultados de la encuesta se harán del conocimiento de los registros aprobados.

Con respecto a los cargos de representación proporcional, las listas plurinominales se definirán en los términos siguientes:

A) La o las listas plurinominales incluirán un 33% de externos que ocuparán la tercera fórmula de cada tres lugares, mismos que podrán ajustarse en términos del Estatuto.



B) Las candidaturas de Morena correspondientes a las personas que acrediten su calidad de militantes, se seleccionarán de acuerdo al método de insaculación. Para tal efecto, y toda vez que no es posible jurídica y fácticamente realizar Asambleas Electorales por causa de fuerza mayor derivada de la emergencia sanitaria provocada por la pandemia causada por el virus SARS-CoV2 (COVID- 19) así como diversos pronunciamientos de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación y la inminencia de los plazos de las etapas del proceso electoral, se abrirá el registro a toda la militancia del ámbito territorial electoral correspondiente, para participar en el proceso de insaculación.

C) Podrán registrarse todas y todos los protagonistas del cambio verdadero ante la Comisión Nacional de Elecciones que cumplan con los requisitos de elegibilidad de la presente convocatoria.

D) La Comisión Nacional de Elecciones previa valoración y calificación de perfiles, aprobará el registro de los/as aspirantes con base en sus atribuciones; dicha calificación obedecerá a una valoración política del perfil del/a aspirante, a fin de seleccionar al/la candidato/a idóneo/a para fortalecer la estrategia político-electoral de MORENA en el país. Asimismo, verificará el cumplimiento de requisitos legales y estatutarios y valorará la documentación entregada. Una vez realizado lo anterior, dará a conocer la lista de personas que participarán en la insaculación, en términos del Estatuto, para obtener cinco mujeres y cinco hombres de cada ámbito territorial electoral que corresponda.



E) Una representación de la Comisión Nacional de Elecciones, en presencia de representaciones del Comité Ejecutivo Nacional, el Consejo Nacional y de la Comisión Nacional de Honestidad y Justicia, realizarán el proceso de insaculación.

F) El proceso de insaculación se llevará a cabo para integrar la lista de plurinominales. En este proceso, adicionalmente a las personas insaculadas conforme al inciso D) que antecede, se agregará a las y los integrantes del Consejo Estatal, así como las y los integrantes del Congreso Nacional de la entidad federativa, respectiva. Cada persona que resulte insaculada se ubicará secuencialmente en orden de prelación de la lista correspondiente.

El primero que salga insaculado ocupará el primer lugar disponible y así sucesivamente hasta completarla. A efecto de cumplir lo que marca la Ley en materia de paridad de género en la asignación de las candidaturas, se procederá a realizar por separado la insaculación de hombres y mujeres; y una vez terminada dicha insaculación se intercalarán los resultados para que por cada dos lugares uno sea para una mujer y otro para un hombre o viceversa.



G) Para efectos del presente, se entiende por insaculación la acción de extraer de una bolsa, una esfera o una urna nombres o números al azar para realizar un sorteo.

H) Para garantizar la representación igualitaria de género y demás grupos de atención prioritaria conforme señala la Ley y las disposiciones aplicables, para las candidaturas, se harán los ajustes correspondientes por parte de la Comisión Nacional de Elecciones, mismos que respetarán el orden de prelación que se derive de las insaculaciones, en todo caso, el resultado de los ajustes garantizará los espacios para personas que cumplan con la acción afirmativa correspondiente.

Se expone que, en el desarrollo de las etapas descritas en el presente apartado se estará a la evolución de la causa de fuerza mayor derivada de la pandemia del virus SARS-CoV-2 (COVID- 19), para salvaguardar el derecho a la salud de las personas involucradas en los procesos.



En el documento oficial, firmado por el dirigente nacional, Mario Delgado Carrillo y la Secretaria General, Citlalli Hernández Mora, se especifica que con fundamento en el inciso j. del artículo 44o del Estatuto de MORENA, se declara el inicio de los procesos internos en las entidades federativas respectivas, para los cargos a que se refiere la Convocatoria y queda sin efecto cualquier acto presente o futuro de instancia diversa con relación a los referidos procesos.