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Columnas y artículos de opinión
A salto de mata
La suerte de los embriones
Gino Raúl De Gasperín Gasperín
24 de agosto de 2017
alcalorpolitico.com
Las ciencias, se entiende, las ciencias particulares, desde sus inicios (al menos los considerados a partir de la Grecia del siglo VI a.C.) siempre han planteado situaciones sumamente interesantes y debatibles tanto a las diversas religiones como a la filosofía. Solo baste citar los ejemplos paradigmáticos de la física de Galileo y Copérnico y la teoría de Darwin sobre la evolución de las especies y el origen del hombre. Son cuestiones que apasionan y, a veces, el apasionamiento entorpece el debate mesurado pues las repercusiones personales y sociales de admitir una posición, sea basada en buenas razones o en las creencias religiosas, son muy dignas de consideración.
 
En torno al tema de los embriones humanos, al menos la Declaración Universal sobre Bioética y Derechos Humanos, aprobada por la UNESCO en 2005, no fija una posición definitiva. Incluso, evita mencionarlos por su nombre (al igual que evita prudentemente nombrar de manera explícita los temas controvertibles del aborto, la eutanasia, la reproducción asistida y la clonación). Esto es entendible, puesto que un documento de tal trascendencia y alcance implica señalar derechos y deberes sobre cuestiones difícilmente consensuadas por la comunidad internacional. Sin embargo, se incluyó, en el artículo 2 referente a los objetivos de la Declaración, un texto que causó no solo polémica sino diversas interpretaciones. El texto dice que uno de los objetivos de esa Declaración es «promover el respeto de la dignidad humana y proteger los derechos humanos, velando por el respeto de la vida de los seres humanos y las libertades fundamentales». Texto que, obviamente fue interpretado de dos formas, de acuerdo a los dos modelos culturales: unos interpretaron que se refería a los seres humanos en cuanto ya nacidos y otros a los seres humanos entendidos así desde su concepción.  
 
Y ¿cuál es la posición de las leyes en torno a los embriones? «La tendencia del Derecho, añade el maestro de la Universidad Valenciana, ha sido la de afirmar el valor de la vida humana embrionaria al mismo tiempo que ha ido reduciendo su protección jurídica efectiva». Y señala situaciones de conflicto que se han producido en torno a los embriones humanos:  
 

La primera, el caso de los embriones sobrantes cuando se trata de la reproducción asistida. Esos embriones han sido congelados y la discusión acerca de qué hacer con ellos ha llevado a varias posibles medidas: a) destinarlos a la investigación y aprovecharlos para crear células troncales o células madre, esto es «un tipo especial de células indiferenciadas que tienen la capacidad de dividirse indefinidamente sin perder sus propiedades y llegar a producir células especializadas» (http://www.ecojoven.com/uno/05/celulasm.html), células que pudieran utilizarse para tratar enfermedades de adultos; b) donarlos a parejas o mujeres que quisieran aceptarlos; c) al ocurrir su muerte, utilizar las células que sobrevivan para investigación; d) mantenerlos congelados indefinidamente, y e) descongelarlos sin más consideraciones.  
 
Según publica la doctora Marisa López Teijón en su blog, «Sólo el 13,3% de las personas que tienen embriones congelados toman una decisión sobre su destino. El 86,7% no responde a las consultas del Centro o los mantiene como suyos aunque ya no quieran tener más hijos» (http://www.elblogdelafertilidad.com/el-destino-de-los-embriones-congelados/). Lo interesante es inferir, tratar de llevar cada propuesta hasta sus últimas consecuencias y de esta manera valorarlas. Como se podrá apreciar, ninguna parece la solución definitiva.
 
La segunda, cuando se trata de embriones producidos por clonación. Al respecto, la ONU, en su Declaración sobre la Clonación Humana, señala: «Se prohíbe la clonación humana en la medida en que es contraria a la dignidad humana», texto que, como comenta el maestro Vicente Bellver Capella, «contiene una cierta ambigüedad ya que se puede entender de dos modos muy distintos: que prohíbe la clonación porque es contraria a la dignidad humana, o que prohíbe la clonación solo en tanto sea contraria a la dignidad humana». Como es solo una recomendación, cada Estado debe tomar sus propias decisiones al respecto.
 

De esta manera, como señala el doctor Bellver Capela, «el embrión se ha convertido en uno de los centros de una profunda batalla que se libra entre los dos paradigmas culturales: uno que sostiene que el valor del ser humano es independiente de las cualidades que lo adornen en cada momento de su existencia, y otro que entiende que la persona existe solo cuando se manifiestan ciertas cualidades… En el segundo caso, la dignidad solo se reconoce al que puede manejar su vida por sí mismo, es decir, a quien podría rebelarse si no se le respetara».
 
Quedan así expuestos los términos del debate, que debe ser racional y no ideológico.
 
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